El pasado lunes 23 de diciembre el abogado Luis Mariano Rendón presentó una querella criminal en contra del general director de Carabineros, Mario Rozas, por el delito de «permisividad ante la tortura». Esto, por los casos de violaciones a los Derechos Humanos durante el estallido social a manos de la institución que dirige.
Este jueves, el 7° Juzgado de Garantía de Santiago la declaró admisible.
La acción legal apela al Artículo 150 A del Código Penal que establece la sanción de presidio mayor en su grado mínimo para el «empleado público que, conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impidiere o no hiciere cesar la aplicación de tortura, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello o estando en posición para hacerlo”.
Rendón explicó que -de acuerdo al inciso tercero del mismo Artículo- el delito de tortura no se refiere solo a infringir dolor para conseguir información, sino también a hacerlo a modo de castigo por un acto que se comete. En este caso, se alude a la represión a través del lanzamiento de bombas lacrimógenas al cuerpo y balines al rostro como una represalia. «Disparar una lacrimógena es una acción homicida», apuntó en ese sentido el abogado.
Si se resuelve la querella en favor del jurista, cualquier tipo de medida cautelar limitaría el ejercicio de Rozas como director de la institución policial.