Los convencionales constituyentes Francisco Caamaño Rojas del Distrito 14 y Claudio Gómez Castro del Distrito 6 ingresaron a la Convención Constitucional la iniciativa de norma por el Derecho de acceso a la Naturaleza, una iniciativa inspirada en textos constitucionales como el noruego y el sueco.
El articulado de la norma es claro y conciso. Y establece que la Constitución reconocerá a todas las personas el derecho de acceso peatonal y temporal para recorrer los bienes naturales comunes, extendiéndose esta facultad a montañas, bosques nativos, salares, ríos y riberas, mar y playas, humedales, lagos, lagunas, y caminos ancestrales, además de los que determine la ley, con excepción de lugares especialmente protegidos para fines de conservación y restauración.
Además, el texto señala que este derecho deberá ejercerse de manera responsable y consciente, con la obligación de evitar todo daño e impacto al momento del acceso y permanencia. Y dota a las personas y comunidades de pertinencia para realizar acciones de protección y restauración de los bienes comunes naturales.
En la actualidad el Estado de Chile resguarda el acceso a la Naturaleza y el patrimonio natural mediante la creación y establecimiento de áreas protegidas silvestres, así como también mediante las reglas de uso y acceso a las playas, ríos y lagos que regula la legislación vigente. Sin embargo, el convencional Claudio Gómez señala que estas normas y la institucionalidad asociada al sistema nacional de las áreas silvestres protegidas resultan insuficientes para garantizar el acceso a los servicios culturales que prestan los ecosistemas a nivel nacional.
Por su parte el convencional Caamaño señala que «el 63,8% del territorio nacional corresponde a montañas, entorno que está presente en cada una de las regiones del país, lo cual justifica la especial atención que se ha prestado a nivel nacional e internacional de este tipo de entorno».
Uno de esos ejemplos es la «Alianza para las montañas» de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), instancia internacional que fomenta la protección de las montañas a la cual Chile ha adherido. Sin embargo, según las cifras del Ministerio de Bienes Nacionales más del 70% de los inmuebles fiscales se encuentran emplazados en las zonas de montaña.
Claudio Gómez señala además que uno de los puntos que ha motivado esta iniciativa es que pese a que el Estado chileno tiene el dominio absoluto de todas las minas, estén o no en zonas de montañas, ya sean de personas naturales o jurídicas, no existe una regulación que asegure el acceso público a zonas de montañas emplazadas en propiedad privada. «Cerca del 73% de las áreas naturales de Chile se encuentran en manos privadas», problematizó el convencional.
La norma busca la valoración de los diversos ecosistemas existentes en nuestro país, que expresan la identidad cultural o histórica con un territorio. Lo anterior fomentando el acceso responsable y ordenado a estos bienes naturales, donde prevalezca la protección y conservación de los entornos naturales.
Caamaño señaló que se busca «establecer un nuevo enfoque en que se garantice a la población el uso responsable y el
conocimiento de la Naturaleza, velando por el debido cuidado y preservación de los ecosistemas que contribuyen directa o indirectamente al bienestar humano«.
Para finalizar, Gómez indicó que la norma pretende comprometer a los poderes públicos constituidos a desarrollar e implementar medidas y políticas de protección ambiental en estos lugares. Esto con el fin de «evitar el deterioro de la Naturaleza y la pérdida de biodiversidad que amenace la mantención de estos servicios, tanto para la recreación, el deporte, la educación ambiental y la experiencia vital de la persona con la Naturaleza de la que forma parte», concluyó.