El portal de periodismo mexicano con perspectiva de género, CIMAC Noticias, destacó que en nuestro país, a seis meses de la entrada en vigor la Ley 21.030 que permite la interrupción del embarazo por tres causales, de las 99 chilenas que han accedido al servicio, 47 de esos casos lo hicieron conforme a la causal que apela al riesgo de vida de la mujer que implica el continuar con el embarazo.
“Mientras organizaciones civiles y partidos políticos se alían para frenar y echar atrás las modificaciones hechas al protocolo de ‘objeción de conciencia’, que facilita a las instituciones públicas y privadas de salud, así como su personal médico negar el servicio de aborto cuando es producto de una violación, inviabilidad fetal y pone en riesgo la vida de la mujer (las tres causales aprobadas), el Minsal mostró por primera vez los beneficios que ha dado esta ley hasta ahora a 99 mujeres”, publicó el medio.
“Pasaron tres años para su aprobación en septiembre de 2017, y hasta marzo de 2018 han sido 47 mujeres quienes decidieron interrumpir el embarazo porque su vida estaba en riesgo; la segunda causa fue la inviabilidad de la vida del feto, con 27 casos; y la tercera, que representa un 22%, fue porque era producto de una violación (25 casos)”, agrega el portal.
La nota cita los datos entregados por la Corporación por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Miles), que señalan que en 6 meses el servicio de aborto se ha ofrecido a 111 mujeres, de estas 89% lo aceptaron y otras 12 que calificaban para interrumpirlo, optaron por continuar con la gestación (3 por peligro de vida de la mujer, 8 por inviabilidad fetal y 1 por violación).
Miles consideró que estas cifras vienen a romper el mito que rodeó la discusión de la ley: que una vez aprobada las mujeres irían a abortar “de forma masiva”.
No obstante, Cimac Noticias destaca igualmente que la ley ha enfrentado obstáculos para que sea ejercida efectivamente por las chilenas debido a la modificación realizada por el gobierno de Sebastián Piñera al protocolo que regula la objeción de conciencia, «reduciendo los requisitos que necesitan las instancias (privadas y públicas) y personal sanitario para volverse objetores».
En ese sentido, el artículo releva el hecho de que ahora «las instituciones y el personal médico, no deben explicar al Ministerio de Salud las razones por creencias o valores por las que se declaran objetores, y los centros de salud privados, aunque reciban fondos del Estado dirigidos a servicios gineco-obstétricos, pueden negarse a practicar un aborto”.