Absuelven a carabinero Juan González Ganga, acusado de causar trauma ocular a joven de 29 años en Temuco durante el estallido social

“Creemos que es una pésima señal que está dando el poder judicial en atención a buscar y rebuscar cualquier excusa para dejar sin ningún tipo de sanción a los Carabineros en este tipo de casos", expresó el abogado Sebastián Saavedra Cea, quien representa a la víctima

Absuelven a carabinero Juan González Ganga, acusado de causar trauma ocular a joven de 29 años en Temuco durante el estallido social

Autor: Leonardo Buitrago

Este martes 1º de agosto el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco decidió absolver al acusado, el carabinero Juan Felipe González Ganga, por su participación en el delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones gravísimas en perjuicio del joven de iniciales C.O.M (29 años) quien se encontraba protestando el día 22 de octubre de 2019 en la Plaza Dagoberto Godoy de Temuco, en el contexto de la Revuelta Social en Chile.

En conversación con el abogado Sebastián Saavedra Cea, querellante junto al abogado Mauricio Reidenbach en representación de la víctima, señaló que el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco “pese a haber determinado la gravedad de la lesión sufrida por la víctima, ha decidido absolver al acusado en atención a que según su criterio, no existiría o no se habría acreditado fehacientemente su participación, puesto que habrían participado un sinnúmero de otros funcionarios policiales en la plaza, realizando disparos”.

Esta situación preocupa a la parte querellante, puesto que como prueba existía una cámara de televigilancia de la Municipalidad de Temuco, que mostraba el momento exacto del disparo cuando la víctima se encontraba de frente al vehículo policial donde estaba el acusado. Lo que coincidió con las pericias realizadas en la polera y en los perdigones extraídos del rostro de la víctima.

Cabe destacar que al encontrarse cerca del Hospital de Temuco, C.O.M fue llevado inmediatamente y por sus propios medios, donde fue directamente hospitalizado y perdió gran parte de la visión de su ojo izquierdo.

Los abogados representantes de la víctima solicitaban la pena de 15 años de cárcel para el carabinero por su responsabilidad en el delito de apremios ilegítimos, con resultado de lesiones graves gravísimas. Mientras que la Fiscalía pedía 12 años.

Este es el primer juicio de la región de la Araucanía donde se va a someter a conocimiento de los Tribunales regionales, un caso derivado del Estallido Social, donde una persona resulta herida en su globo ocular perdiendo la visión de su ojo.

“Creemos que es una pésima señal que está dando el poder judicial en atención a buscar y rebuscar cualquier excusa para dejar sin ningún tipo de sanción a los Carabineros en este tipo de casos. Entendemos así mismo, que existe una revictimización inmensa para las víctimas de estos hechos. Víctimas que han quedado cegadas de uno de sus ojos, toda vez que se incumplen garantías internacionales básicas como la de no repetición, esto es, que exista una investigación y una sanción proporcional al hecho, con el objeto de además prevenir que este tipo de situaciones no vuelvan a ocurrir”, señaló Saavedra, citado en nota de prensa.

Según cifras del INDH -la otra parte querellante en este juicio, junto al Ministerio Público- solo en el contexto del estallido en la región existieron al menos 10 casos de trauma ocular registrados durante el 2019, los que se suman a las más de 400 víctimas que registra la entidad a nivel nacional.

El Centro de Investigación y Defensa Sur, al cual pertenecen los abogados Saavedra y Reidenbach, ha representado al menos a 4 personas que han sido víctimas de trauma ocular en la Araucanía, de las cuales solo dos causas han avanzado a juicio oral.

El abogado de derechos humanos, asegura que “lamentablemente, de parte de la Fiscalía no ha existido una inversión suficiente en recursos tanto humanos como materiales, para la importancia que revisten estos hechos”. Señaló que solo dos fiscales deben investigar todas las violaciones a los derechos humanos, tanto dentro del estallido como fuera de él.

“No hay que olvidar que estos hechos ocurrieron recién el año 2019, y una vez más se reitera la posición del Poder Judicial en el sentido de dejar en la impunidad graves violaciones a los derechos humanos como lamentablemente ya ha ocurrido en otras oportunidades de la historia, lo que ha permitido precisamente la reiteración de este tipo de crímenes», expresó Saavedra.

«Estas resoluciones constituyen una grave infracción a las obligaciones internacionales que tiene el Estado de Chile, en el orden a investigar y sancionar proporcionalmente este tipo de hechos, con el objeto de garantizar la no repetición de los mismos. Dejan en la impunidad este tipo de actos cometidos por funcionarios públicos, lo que es tremendamente peligroso para el futuro de nuestra sociedad. Son precisamente estas resoluciones, las que han permitido que una y otra vez se reiteren las violaciones a los derechos humanos en nuestro país”. agregó.

Los jueces a cargo fueron Roberto Herrera Olivos en calidad de presidente, Francisco Boero Villagrán (S) en calidad de redactor, Alejandra Rosas Lagos (S). Por la parte querellante los abogados Sebastián Saavedra y Mauricio Reidenbach del Centro de Investigación y Defensa Sur; la abogada Karen Tapia del INDH; el Fiscal adjunto Raúl Espinoza Pinto por el Ministerio Público y como abogado defensor Camilo Gajardo.

Está previsto que el próximo 7 de agosto el TOP de Temuco dará a conocer la sentencia, con lo cual la parte querellante revisará los fundamentos del fallo y estudiará la forma de impugnar la resolución.

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