Con el loable pretexto de «reforzar» la protección de los derechos intelectuales y similares, luchar contra la falsificación de productos y la piratería en internet, un acuerdo internacional secreto se prepara en su contra y a sus espaldas. Si tiene éxito, se exasperarán los controles en las fronteras, se pondrá en peligro su libertad de expresión, su libertad de acceso al conocimiento, su presunción de inocencia, la libre utilización de Internet y hasta … su salud. En suma, se firmará el «A.C.T.A. de defunción» de sus libertades a escala planetaria.
Esta modalidad de tratado se abre camino como una fuente de derecho de tercer tipo graciosamente concedida a las multinacionales y sus lobbys para instaurar un nuevo orden mundial tiránico. ¿Su mecánica? La elaboración de normas supra-nacionales, sin que sus destinatarios tengan voz ni voto y, más aún, sin que siquiera se enteren. Salvo, claro está, cuando sea muy tarde: concretamente, cuando el parlamento de su estado nacional le anuncie que se ratificó sin previo debate el nuevo tratado: es la estrategia del hecho consumado.
En el caso presente hablamos del conocido bajo el acrónimo inglés A.C.T.A por «Anti Counterfeiting Trade Agreement» (Acuerdo comercial contra la falsificación), que se negocia desde el 2007 sin ningún tipo de intervención parlamentaria de los países implicados ni de discusión pública. Tampoco participa ninguna instancia multilateral de carácter oficial, es decir, todo sucede a las espaldas de sus futuros afectados. ¿Quienes son estos?: Usted, yo, el ciudadano común, todo el mundo.
La negociación tiene lugar entre lobbys, multinacionales e instancias no parlamentarias de los gobiernos siguientes: Unión Europea, Canadá, Estados Unidos, Australia, Corea, Méjico, Marruecos, Nueva Zelandia, Signapur y Suiza.
Los preliminares remontan 2007. Las discusiones se efectúan con la modalidad de «rounds»: el primero de ellos tuvo lugar en Ginebra, Suiza en Junio del 2008, el segundo en Washington al mes siguiente, el tercero en Tokyo en Octubre 2008, el cuarto en Diciembre 2008 en París, el quinto en Rabat, Marruecos en Julio 2009, el sexto en Séul, Corea en noviembre 2009, el septimo en Méjico en Enero 2010. Están planificados un octavo «round» que tendrá lugar en Nueva Zelandia, en abril del 2010 y un noveno en Ginebra, Suiza en la semana del 7 junio 2010. Este acuerdo del tipo «vampiro» [así llamado por crecer en las sombras] debería firmarse antes de fines del 2010.
No existe ninguna comunicación oficial sobre las discusiones ni los textos preparatorios, todo lo que se conoce surge de trascendidos o de «filtraciones». Los intervinientes se escudan bajo un hermético silencio, ni siquiera el Parlamento Europeo que manifestó su preocupación por esta derivación tan poco democrática, pudo obtener satisfacción a sus requerimientos de transparencia.
No más allá del 10 de marzo de 2010 este condenó la falta de transparencia de las negociaciones del A.C.T.A como inaceptables. La resolución fue aprobada por un voto casi unánime: 633 parlamentarios apoyaron la resolución, 16 se abstuvieron y 13 votaron en contra.
¿Por qué tanto misterio? Porque se trata de una operación de «lavado de leyes» a escala planetaria , que al igual que el lavado del dinero de las drogas, prostitución o trata de personas, debe realizarse en las sombras antes de ser inyectado en los circuitos corrientes.
El mecanismo es el siguiente: Por intermedio de sus lobbys las multinacionales diagraman los textos legales consensuándolos por «pedazos» con oscuras delegaciones de los gobiernos cómplices. A estos se les evita la impopularidad que les acarrearía una discusión pública, lo que explica el don de ubiquidad planetaria de los «rounds» referidos en el parágrafo precedente.
Una vez que el proyecto final se encuentra lavado, engominado y consensuado en secreto, [incluso firmado si el ejecutivo del país en cuestión está habilitado a tal fin] ya está casi listo para salir a la luz del día. Queda la superflua formalidad de la ratificación parlamentaria de los países signatarios.
Esta acontecerá sin discusión, ya que lobbys y agencias de comunicación de por medio se martillará e insistirá acerca de la urgencia de «poner el país de acuerdo con los estándares internacionales en la materia» o «para modernizar y adaptar la legislación local» o «de reformar para armonizar la legislación local con el estado del derecho internacional en la materia» y otras rimbombancias por el estilo. También contará con el presto y resuelto apoyo de sectores de la élite local, previamente cooptados y engordados en los criaderos ideológicos de las multinacionales.
Debido a la estructura constitucional de la mayoría de los países contemporáneos, la trinquiñuela descripta tiene una eficacia desvastadora. En efecto, así como lo estatuye el art. 31 de la Constitución Argentina, en la mayoría de los países los tratados internacionales tienen carácter constitucional o supra-constitucional: es decir, carácter de ley suprema.
A ello se suma, que también en la mayoría de los países, el ejecutivo tiene la facultad de concluir y firmar directamente tratados internacionales y luego someterlas a la ratificación parlamentaria. En Argentina, esta facultad presidencial resulta de la Constitución Nacional, art.99 inc.11.
Esta clase de disposiciones, que se instituyeron con la finalidad de asegurar el respeto de tratados y la paz entre las naciones, se revelaron como una jugosa grieta para que, desvirtuando su finalidad, las multi-nacionales puedan propiciar (y lograr) la modificación de las legislaciones locales en el sentido que lo desean sin preocuparse del consentimiento de las poblaciones involucradas.
En el caso del A.C.T.A. no se trata tan sólo de provocar un corto circuito en la opinión pública de los países participantes sino también de excluir de la preparación del nuevo orden a países todavía no suficientemente fervientes de la causa de las multinacionales o a los quisquillosos reputados por poner “peros” (como Argentina, Brasil o India). En efecto, para no retardar ni entorpecer los objetivos de los grandes beneficiarios del tratado, su elaboración tiene lugar en un selecto club de amigos.
Como muestra de generosidad, una vez instaurado el nuevo tratado, los “quídam” que no participaron en su elaboración podrán adherir «voluntariamente» o sea, serán presionados para adherir, o se los manipulará para que adhieran con los cantos de sirenas de incentivos comerciales, es decir, a cambio de hipotéticas concesiones que al fin de cuentas no son tales. No le quepa duda respecto del alcance mundial proyectado ya que por lo menos esto es explícito: la inicitativa apunta a entronizar nuevos estándares internacionales en materia de derechos inmateriales.
¿Quienes son los beneficiarios? Las multinacionales de la llamada industria «cultural», los grandes grupos internacionales del «software» y las multinacionales de los sectores químico y farmacéutico. Entre los participantes más conocidos figuran la «Association of American Publishers», la «Business Software Alliance», la «Motion Picture Association of America» etc. No se sorprenda de encontrar también en primera fila al no siempre bien ponderado Monsanto: ¡presente!. ¿Cual es el alcance del tratado proyectado?
Se trata del «endurecimiento» de los derechos propiedad intelectual (en realidad, de la protección reforzada de las rentas de situación de oligopolios). La misma se efectuará mediante restricciones civiles, aumento en los controles fronterizos, la instauración de penalidades disuasivas y la criminalización de infracciones menores.
En lo que hace a productos, están en la mira los medicamentos denominados «genéricos» con destino a los países de pocos recursos: se trata incrementar las dificultades ya existentes para «estorbar» aún más su tránsito y comercialización. Así se acrecienta la protección de beneficios originados en patentes industriales.
Tal histeria protectora trae a veces consecuencias ignominiosas. Por ejemplo, el 27 febrero en 2009, en el aeropuerto de Schiphol, Países Bajos, se confiscaron 49 kilos de medicamentos genéricos contra el Sida en la forma de tabletas de sulfato de abacavir, que habían sido financiados por UNITAID, una asociación internacional de lucha contra el sida, y cuyo destino final era Nigeria. Las tabletas no eran ni falsificadas ni violaban norma alguna según la UNITAID.
Esta organización hizo saber su preocupación por la suerte los pacientes que esperaban dichos medicamentos con urgencia haciendo notar las graves consecuencias de una interrupción en el tratamiento del H.I.V. Una vez vigente el A.C.T.A., tal accionar disuasivo será caucionado, banalizado y «reforzado» a escala mundial. ¿Quienes son los criminales?
En lo que hace a Internet, la idea es de transformar los proveedores de acceso internet (P.A.I.) en «policías» de sus usuarios, «alentándolos» a suspender abonos, a filtrar y censurar contenidos espiando sus clientes sin intervención judicial alguna y a denunciarlos. Si los P.A.I. no se pliegan voluntariamente a este nuevo paradigma, correrán el riego de multas disuasivas o de clausura de sus empresas.
Pero en realidad, la ideología subyacente de la cofradía A.C.T.A. va en sentido contrario a los principios que fundamentan la protección de derechos intelectuales. La «ratio legis» de tal protección era originariamente la de estimular la innovación y la creación industrial y artística y poner límites al secreto industrial, todo para proteger y beneficiar a los consumidores. No para garantizar rentas de situación a estructuras oligopólicas.
El A.C.T.A conlleva una serie de efectos perversos, aún en términos económicos. En lugar de fomentar la innovación, la relega, dificultando el acceso y la transmisión del conocimiento para unos, mientras se garantiza a otros beneficios perennes. No persigue «estimular la competitividad» sino neutralizar la competencia, sobre todo la proveniente de los países periféricos, aumentando las barreras de entrada en los sectores de alto valor agregado.
Y esta es la otra finalidad no confesa pero facilmente discernible: entronizar la división internacional del trabajo cantonando el sur a la producción de materias primas y a las industrias contaminantes, mientras garantiza al norte el coto reservado de los desarrollos con alto valor agregado.
Los resultados deseados hacen comprensible la estrategia descripta: política de secreto, corto-circuitaje de instancias nacionales y multilaterales, la infiltración de distintos niveles decisorios por lobbys y la desvirtuación de instrumentos constitucionales.
Los opositores de estos torcidos procedimientos, propugunan combatirlos con una «estrategia anti-vampiro». Sin necesidad de utilizar trenzas de ajo ni munirse de punzones afilados de madera, esta consiste en presionar y exigir por todos los medios posibles que los textos en discusión y las posiciones de sus intervinientes sean ampliamente divulgadas antes de que las negociaciones sobrepasen el punto de no-retorno: al igual que los vampiros de las películas, la luz del día de la opinión pública mundial puede también destruirlos.
Más sobre este tema puede leer en línea en el excelente artículo [en francés] de Florent Latrive, «Le Monde Diplomatique». [Enlace: http://www.monde-diplomatique.fr/2010/03/LATRIVE/18881)]
Asimismo, recomendamos las entradas correspondientes en Wikipedia, en inglés y en castellano: También son interesantes los siguientes sitios (en inglés):
Del profesor Michael Geist de la Universidad de Ottawa (sumamente actualizado y documentado sobre la cuestión) http://www.michaelgeist.ca/ y un artículo (de abril 2008) de Aaron Shaw titulado «El A.C.T.A y que hacer con el»: en el link: http://www.kestudies.org/ojs/index.php/kes/article/view/34/59