Alfonso Podlech, exfiscal militar de Pinochet, sentenciado a 15 años de cárcel por homicidios y torturas en 1973

En el aspecto civil, la Corte Suprema mantuvo la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $220.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas.

Alfonso Podlech, exfiscal militar de Pinochet, sentenciado a 15 años de cárcel por homicidios y torturas en 1973

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo impetrado por la defensa, en contra de la sentencia que condenó al exfiscal militar, Óscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud, a la pena única de 15 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos de homicidio calificado de Pedro Ríos Castillo y Guido Troncoso Pérez, ocurridos en septiembre de 1973, en la comuna de Temuco, en la Región de La Araucanía.

Además, el máximo tribunal, lo condenó a 61 días de reclusión por ser autor del delito de apremios ilegítimos aplicados a Ríos Castillo.

En fallo unánime (causa rol 69.149-20219), la Segunda Sala de la Corte Suprema–integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, la ministra María Teresa Letelier, el ministro Jean Pierre Matus, la abogada (i) Leonor Etcheberry y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada– desestimó la procedencia del recurso por impreciso y defectuoso en su construcción, al pretender objetivos diversos e incompatibles.

En dictamen argumenta que el «recurso es impreciso en su construcción, ya que alega por una parte una ausencia de responsabilidad penal, y de otra una responsabilidad existente, pero prescrita, lo que desde ya atenta contra el éxito de un recurso de derecho estricto».

“En tal sentido, las alegaciones de no haberse acreditado suficientemente su participación, además de la solicitud expresa de absolución son incompatibles con la petición de declarar prescrita la acción penal, que supone, precisamente, una responsabilidad criminal existente y establecida en el juicio”, añade.

“En conclusión, lo que los comparecientes empiezan por desconocer, termina siendo aceptado, de lo que se colige que el arbitrio de nulidad sustancial en estudio contiene motivos que son incompatibles entre sí, basados en supuestos distintos, contradictorios e inconciliables, los que se anulan recíprocamente y que, consecuencialmente, son ajenos al recurso de derecho estricto que es el de casación en el fondo, lo que conduce a su rechazo”, concluye

En el aspecto civil, la Corte Suprema mantuvo la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $220.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de las víctimas.

Podlech

Nueva condena para Alfonso Podlech por crímenes durante la dictadura

En la sentencia de base, el ministro de visita Álvaro Mesa Latorre dio por establecido además una serie de hechos en los que participó el exfiscal militar Podlech en contra de las víctimas.

Al respecto, indica que “inmediatamente ocurrido el pronunciamiento militar del 11 de septiembre de 1973” fue llamado a colaborar con “el nuevo régimen el abogado Óscar Alfonso Ernesto Podlech Michaud, que además era teniente de reserva del Ejército de Chile, quien se presentó en el Regimiento ‘Tucapel’ para apoyar la gestión de la Fiscalía Militar que funcionaba al interior de la unidad”.

Sin embargo, debió asumir mayores funciones como segundo comandante del Regimiento Tucapel y desde aquel periodo comenzaron a llegar personas civiles al regimiento en carácter de detenidos. Más tarde asumió el cargo de fiscal militar “al punto que efectuó visitas de cárcel y que los abogados, familiares e incluso dignatarios eclesiásticos le consultaban a él por el destino de los detenidos”.

En el caso de Pedro Ríos Castillo, el fallo señala que «fue sometido a crueles torturas e interrogaciones, siendo comunicada su muerte mediante el bando militar N°9 de la Comandancia de Guarnición de Temuco de fecha 5 de octubre de 1973, por supuesta agresión a personal militar».

Con respecto a  Guido Troncoso Pérez, el dictamen relata que «fue detenido en días posteriores al 11 de septiembre de 1973, por funcionarios Militares pertenecientes a la Base Aérea de Maquehue de Temuco, y luego de una infructuosa búsqueda por parte de sus familiares, se les dijo que estaba en el Regimiento Tucapel de Temuco,y posteriormente se dio a conocer la noticia de su muerte, «mediante el Bando N°9 ya citado, quien habría sido ejecutado por agresión a personal militar».

Cabe recordar que a finales de agosto, que  el fiscal militar ad hoc en Cautín durante la dictadura  fue condenado a 15 años de presidio, por los secuestros de cuatro trabajadores y cuatro estudiantes en Villarrica.

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Claudio Mesa Latorre, dictó la sentencia número 95 en la materia y condenó a penas únicas de 15 años de presidio efectivo, tanto a Podlech, como a los oficiales en retiro del Ejército, Pedro Guillermo Manuel Tichauer Salcedo, Raimundo Ignacio García Covarrubias y Romilio Osvaldo Lavín Muñoz.

Esto, por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro con grave daño de Hugo Arner González Ortega, Elías Dagoberto González Ortega, Carlos Schmidt Arriagada, Ricardo Augusto Schmidt Arriagada, Juan de Dios Cabrera Figueroa, Héctor Domingo Aguayo Olavarría, Alejandro Escobar Vásquez y Raúl Marcial Figueroa Burckhardt. Ilícitos perpetrados en Villarrica, entre septiembre y octubre de 1973.

 Ver fallo Corte Suprema

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