Cafetería Starbucks es condenada por segunda vez por prácticas antisindicales

Dos veces en menos de un año ha sido condenada la compañía de cafeterías por prácticas antisindicales en Chile

Cafetería Starbucks es condenada por segunda vez por prácticas antisindicales

Autor: Leonel Retamal

Local de Starbucks en España destruido durante la huelga general del 29M

Dos veces en menos de un año ha sido condenada la compañía de cafeterías por prácticas antisindicales en Chile. En esta ocasión deberá pagar una multa por 300 UTM, alrededor de 10 millones de pesos, hacer una declaración pública en un diario de circulación nacional y tomar una serie de medidas reparatorias para con el Sindicato de Starbucks Coffee. Este hecho coincide con la renuncia, según lo informado oficialmente por la compañía, de Eduardo Caneo, Gerente General de la filial en Chile.

El fallo sanciona hechos ocurridos durante el bullado proceso de negociación colectiva entre la compañía y su único sindicato, ocurrido entre abril y agosto del 2011, evento que terminó con la primera huelga legal en la historia de la compañía y con 3 dirigentes sindicales en huelga de hambre durante 12 días, quienes radicalizaron sus medidas ante la negativa de la empresa a negociar y efectivamente entregar algún beneficio.

Se trata de la segunda sentencia contra Starbucks por el mismo motivo, siendo la primera el 20 de diciembre del 2011. Asimismo, este año la empresa fue denunciada por despidos antisindicales en dos ocasiones, terminando uno de dichos procesos en un acuerdo en que la compañía pagó una millonaria indemnización al ex delegado sindical Gonzalo Beltrán, mientras la otra, en defensa del delegado sindical Antonio Páez, aún se encuentra esperando resolución.

La Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Lorena Flores Canevaro, destacó en relación a la negociación colectiva y el rol de Starbucks que «la empresa pretendió que su participación en dicho proceso fue leal y sin querer afectar a sus partners, pero la realidad de sus pruebas demuestra otra cosa»

Cabe señalar que sólo desde los gerentes de tienda hacia el nivel superior reciben asignación de colación y movilización, que los sueldos de los supervisores no contempla tales asignaciones, sólo un sueldo base superior al mínimo legal. El dictamen agrega que existía una “gravísima contradicción”, ya que, pese a que la empresa argumentó razones económicas para no entregar ningún beneficio durante la negociación, “si tenía presupuesto para abrir 8 tiendas en el año 2011, para contratar más de 400 trabajadores, para despedir a otros por necesidades de la empresa y pagar sus indemnizaciones para aumentar las remuneraciones en septiembre de 2011 a sus baristas, luego de concluida la negociación”.

El presidente del sindicato Starbucks, Andrés Giordano, señaló que se encuentran «muy tranquilos y conformes por esta resolución” y que, a pesar de ser una victoria muy importante “no repara el daño perpetuado por la empresa al sindicato, ni el hecho de que es nuestra legislación la que permite que compañías extranjeras abusen de nuestros jóvenes impunemente”.

Agregó que “la compañía debe rectificar su agresiva conducta para que podamos devolverle la confianza a los trabajadores en los procesos colectivos y en la libertad de ejercer derechos tan básicos como la libre afiliación”.

 

“LOS SINDICATOS SON INNECESARIOS”

Así lo plantea la empresa, en una peligrosa estrategia de considerar “partners” a los trabajadores, señalando que “se respeta el derecho de nuestros partners a organizarse, pero creemos que no lo debiesen considerar necesario dado nuestro ambiente pro-partner“. A juicio de Giordano, “la antisindicalidad es una política corporativa».

En esa línea, durante el conflicto, Starbucks se negó a negociar con la organización sindical, contratatndo excedente de personal para reemplazar a los trabajadores en huelga, sin siquiera pagar el bono de reemplazo, desprestigió a la dirigencia y al sindicato frente a sus socios y el resto de los trabajadores, destinó todos sus recursos económicos a debilitar a la organización y su derecho a negociar y, mediante amenazas, despidos, presiones de diversa índole, difusión de información confusa y falsa, disminuyó el quórum de la organización a menos de la mitad, siempre encubierta en un manto de supuesta legalidad. Todas conclusiones de la magistrado.

El Ciudadano


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