No se pudo en los dos últimos años de la Fiscalía de Higueras Bernal (empezar el juicio), y al menos ya podemos presumir que sí se pudo (empezar) en los primeros meses de la Fiscalía de Idamis Pastor.
Ahora empieza el largo camino que la mayoría de la opinión pública local y nacional quisiera ver llegar a unas sentencias.
Y a decir de la Fiscal Idamis Pastor, el Órgano a su cargo ostenta posesión documental con suficiente fuerza probatoria sobre el caso. Sí, en esa misma entrevista en la que dijo que ya no le quedaban recursos de postergación a López Zavala. La que dio una semana antes de que se aplazara nuevamente el proceso porque se enfermó el abogado del señor López Zavala, imputado como autor intelectual en el feminicidio de quien fuera su expesposa.
A decir de Helena Monzón, hermana e infatigable representante de su difunta hermana Cecilia Monzón, a pesar de que hoy lunes 28 de abril se reanudaron las audiencias, es un centenar redondo de órganos de prueba que habrá que analizar y discutir, desde todos los ángulos posibles, hasta su agotamiento. Ante la magnitud de ese ejercicio, Helena Monzón considera poco realista la fecha prevista por el Tribunal, el 2 de mayo, como plazo para el descargo completo de las evidencias, periciales y testificiales, lo que la obliga a prever que el juicio podría consumir el resto del 2025.
Y aún en tal pronóstico, presentaremos a continuación algunas consideraciones que -muy a nuestro pesar- hacen parecer a la heroica abogada Helena Monzón demasiado optimista con el plazo calculado.
Una problemática de mecanismos
Al final del día, cuando las retóricas de la justicia se han consumido en el cenicero de lo teleológico, un juicio penal -independientemente de los hechos a que haga referencia- es una problemática de mecanismos.
Gracias investigaciones de la organización “México evalúa”, datadas en 2022, se sabe que la duración promedio de un juicio oral (como coloquialmente se conoce al Sistema Penal Acusatorio) es de 486 días a nivel nacional. Es importante hacer notar que no todas las fiscalías estatales trabajan con los mismos niveles de eficiencia; por ejemplo, el mismo estudio citaba al aparato de justicia de Puebla en el lugar 22 del Ranking Nacional de Capacidad Institucional) .
También debe consignarse que este promedio no incluye el lapso que transcurre entre la aprehensión del acusado y el inicio formal del juicio, que puede consumir años por sí mismo.
Por ejemplo, Javier López Zavala fue capturado el lunes 26 de junio de 2022. Sin embargo, no fue hasta el 4 de abril de 2025 – a más de 30 meses y muchos recursos dilatorios cortesía de la defensa de Zavala y su cálida acogida en los Tribunales poblanos – que dio inicio formalmente la audiencia de su caso. Luego entonces, si la duración del juicio por el feminicidio de Cecilia Monzón se ciñera a los 486 días mencionados del promedio nacional, la sentencia debería pronunciarse ahí por el 5 de agosto del 2026.
Conste que no se está considerando la entrada en funciones de los nuevos juzgadores que serán votados en la Reforma Judicial, y sus correspondientes “curvas de aprendizaje”. Pero sí que es un evento en horizonte.
Por otra parte, la acreditación del delito de feminicidio presenta prerrequisitos que no exige, por ejemplo, el delito de homicidio; de inicio, el homicidio -es decir, la privación de la vida de una persona- es uno de los hechos sine qua non para la acreditación del feminicidio. Al respecto, léase este ilustrativo fragmento del Protocolo Actualizado para la Investigación del Delito de Feminicidio para el Estado de Puebla:

Satisfecha esta comprobación, se configura una segunda exigencia para el establecimiento del delito de feminicidio. Y esto consiste en probar que la mujer fue privada de la vida por el hecho de ser mujer. En concreto:

Ahora bien, ¿qué implicaciones tienen estos requisitos probatorios en la mecánica del juicio? Pues estos:

En síntesis,

¿Cómo podríamos traducir esto a un caso práctico? De antemano pedimos a la audiencia nos excuse la necesaria brutalidad del siguiente ejercicio de imaginación:
Imaginemos que en algún estado de algún país, un político venido a menos pierde poder adquisitivo, poco tiempo después de la separación de su pareja y madre de sus hijos.
Con ingresos ya muy mermados, exorcizado de la función pública, percibe sus caudales descender con celeridad, por lo que no le viene a la cabeza más opción que mandar a ejecutar a la madre de sus hijos para desembarazarse de las exigencias de pensión alimenticia. «Les daré cuando tenga y cuando pueda», se promete en lúgubre sermocinación.
Continuemos nuestro ejercicio de imaginación estableciendo que Tiempo después de cristalizar su horrendo crimen, es capturado por el cargo de autoría intelectual del delito de feminicidio, y cuando todas las demás salidas ya se le han cerrado, cuando seguirse presumiendo inocente ya no tiene el menor sentido, el Político Venido a Menos declara simple y llanamente frente al juez que el único factor que lo motivó instrumentar y dirigir la ejecución fue la previsión económica; que contra las mujeres él no tiene el menor rencor ni desprecio, que proviene del útero de una de ellas, que tiene hermanas, y que lo que enamoró de la exesposa que mandó a matar fue, precisamente, el empoderamiento que irradiaba.
Bueno, pues en este punto, el crimen se reclasifica a alguna variante menos grave en la taxonomía penal del homicidio. Y como es bien sabido, a delito reclasificado para abajo, resentimiento general en todos los resortes de la hipótesis del caso.
El talón de Aquiles está en el Segundo Requisito
El segundo presupuesto es el Talón de Aquiles en la figura del feminicidio. Impone estándares probatorios aterradores a cualquier fiscal, ya que nace de la idea de una mentalidad superlativamente perversa (desear matar a la mujer por el sólo hecho de ser mujer), una maldad excepcional. Y como planteó en su momento el científico Carl Sagan, fenómenos extraordinarios exigen pruebas extraordinarias.
Por triste que resulte -y ya nos lo advirtió Hannah Arendt en su reportaje sobre Eichmann en Jerusalén- los actos más viles y detestables en que incurren los humanos suelen obedecer a consideraciones pragmáticas, más que a talantes luciferinos.
Hubo un tiempo en que el sistema judicial de Puebla funcionó a un ritmo mucho más veloz. Por ejemplo, el 16 de diciembre de 2005, policías ministeriales de Puebla capturaron en Cancún a una periodista por el delito de calumnias y difamación contra un empresario poblano. Una semana después, el 23 de diciembre de 2005, ya había recibido auto de formal prisión.
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