Según informa el departamento de prensa del Poder Judicial, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó sentencia de primera instancia en la investigación por el secuestro calificado de María Cristina López Stewart, ilícito perpetrado a partir del 23 de septiembre de 1974, proceso que forma parte de la denominada «Operación Colombo«.
En la resolución (causa rol 2182-98), el ministro Crisosto condenó a 28 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro de la estudiante de la Universidad de Chile, quien estuvo recluida en el centro de detención clandestina conocido como «Cuartel Ollagüe«, desde donde se pierde sus rastro.
Crisosto Greisse condenó como autores del delito a los agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Marcelo Moren Brito y Miguel Krassnoff Martchenko, a penas de 15 años de presidio.
En tanto, deberán cumplir 10 años de presidio, también en calidad de autores, los agentes: Manuel Carevic Cubillos, Basclay Zapata Reyes, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Godoy García, Ciro Torré Sáez,Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, Hermon Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Aravena Ruiz, José Fuentealba Saldías, Francisco Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana y Rosa Ramos Hernández.
Como cómplices deberán purgar 4 años de presidio: Armando Cofré Correa, José Mora Diocares, Moisés Campos Figueroa, Óscar la Flor Flores, Sergio Díaz Lara y Roberto Rodríguez Manquel.
En tanto, fueron absueltos por falta de participación en el secuestro de la joven universitaria Rudeslindo Urrutia Jorquera y Orlando Manzo Durán.
María Cristina López tenía 21 años cuando fue detenida en horas de la madrugada del día 23 de septiembre de 1974. Estudiaba en la Universidad de Chile la carrera de Historia y Geografía y era militante del MIR. En el momento de su detención se encontraba en la casa 1107 de la calle Alonso de Camargo, que está ubicada en la comuna de Las Condes. Quienes la tomaron presa fueron agentes de la DINA, comandados por Osvaldo Romo y se la llevaron en una camioneta.
El destino de López Stewart fue el recinto clandestino de detención que recibía el nombre de «Ollagüe». Este centro se encontraba en la calle José Domingo Cañas N° 1367, en la comuna de Ñuñoa, al cual tenían acceso únicamente los agentes de la DINA. Según el testimonio de otras víctimas, María Cristina permaneció en el lugar, sin contacto con familiares o amigos del exterior. Estuvo vendada y amarrada y, constantemente, era sometida a interrogatorios bajo tortura para conseguir información sobre otros miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria. La última vez que la universitaria fue vista por otros detenidos, fue un día, cuya fecha exacta no se sabe, dentro del mes de noviembre de 1974.
Nunca se supo del paradero de ella, ni se encontró el cuerpo de María Cristina. Actualmente se encuentra desaparecida.
Sin embargo, su nombre apareció en una lista de 119 personas, que fue publicado en la prensa nacional. Este texto apareció luego de que fuera publicado en una lista en 2 revistas aparecidas los días 22 y 24 de julio de 1975: Semanario LEA en Buenos Aires y O’DIA de Brasil. En esta revista se daba cuenta de que María Cristina López Stewart había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, bajo la teoría de rencillas internas entre los mismos militantes.
Finalmente se ha establecido que las publicaciones que anunciaron la muerte de López Stewart tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el extranjero.