Condenan a 7 años de presidio efectivo a autor de femicidio frustrado: Golpeó con palo a ex pareja

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó el viernes 13 de enero a Mario Andrés Alzamora Valdivia a la pena de 7 años de presidio efectivo, como autor del delito de femicidio frustrado de su ex conviviente, Alicia Angélica Arcos Soto

Condenan a 7 años de presidio efectivo a autor de femicidio frustrado: Golpeó con palo a ex pareja

Autor: Daniel Labbé Yáñez

Femicidio

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó el viernes 13 de enero a Mario Andrés Alzamora Valdivia a la pena de 7 años de presidio efectivo, como autor del delito de femicidio frustrado de su ex conviviente, Alicia Angélica Arcos Soto. Junto a eso fue sentenciado a 200 días por desacato.

En fallo unánime, el tribunal además aplicó a Alzamora las accesorias legales de prohibición de acercarse a la víctima y portar armas de fuego; la de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, cargos y oficios públicos; y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena.

El tribunal dio por acreditado que aproximadamente a las 2 de la tarde del 25 de abril de 2015, Alzamora Valdivia en la vía pública de la comuna de Ovalle, «descendió del vehículo en que se movilizaba y provisto de un palo de más de un metro de largo, abordó a su ex conviviente y madre de sus hijos Alicia Angélica Arcos Soto, golpeándola reiteradamente con el referido elemento contundente, en diferente partes del cuerpo, especialmente, en su rostro, cabeza y espalda, causándole de este modo lesiones (…) de carácter clínicamente graves y de tipo homicida, sin socorro oportuno y eficaz», sostiene el fallo.

La resolución agrega que esta acción «fue desplegada encontrándose vigente lo resuelto por el Juzgado de Garantía de Ovalle, (…) que se decretaron en favor de la denunciante doña Alicia Angélica Arcos Soto, la prohibición para Mario Alzamora Valdivia de acercarse a la víctima, a su domicilio (…), lugar de trabajo o de estudio, así como cualquier otro lugar al que esta concurra o visite habitualmente».

Fuente: Poder Judicial


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