En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cinco ex funcionarios de la Fuerza Aérea de Chile (FACh) por su responsabilidad en los delitos de homicidio calificado, secuestro calificado y secuestro simple. Los ilícitos fueron perpetrados al interior de la Academia de Guerra Aérea de la institución, en 1974.
La Tercera Sala del tribunal de alzada dictó sentencia por el homicidio simple de Alfonso Carreño Díaz, cometido en julio de 1974; el secuestro calificado de José Luis Baeza Cruces, perpetrado a partir del 9 de julio de 1974; y los secuestros de Rosa Barrera Pérez, Jacinto Nazal Quiroz, Agueda Jara Avaca, Jorge Montes Moraga (ex senador del Partido Comunista), Guillermo Teillier del Valle (actual diputado del PC), Magdalena Contreras Weise, Rosa María Montes Miranda, Diana Montes Miranda, María Josefina Miranda Tejías, José Canales Pérez y Guillermina Fresia Cervantes, víctimas (las 11 últimas) que sobrevivieron a la aplicación de tormentos.
En la resolución, la Corte de Apelaciones condenó a Edgar Cevallos Jones a la pena de 10 años y un día en calidad de autor del homicidio de Alfonso Baeza Cruces; más 12 años de presidio por los secuestros calificados.
También a Franklin Bello Calderón a 10 años y un día de presidio por los secuestro de José Luis Baeza Cruces, Guillermo Teillier del Valle y Guillermina Fresia Cervantes. A su vez, Juan Bautista González y Víctor Mättig Guzmán fueron condenados a 5 años y un día de presidio por el secuestro de José Luis Baeza Cruces.
Los hechos
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Miguel Vázquez Plaza logró establecer que un grupo de funcionarios de la FACh, a cargo del jefe de inteligencia de la institución, vigilaba y detenía sin orden competente a personas que estaban vinculadas con el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y el Partido Comunista (PC).
Los detenidos eran traslados con la vista vendada a la Academia de Guerra, «en cuyo subterráneo se les mantenía para ser interrogadas bajo tormentos, respecto de sus actividades políticas, sin estar relacionados con procesos en particular, para lo cual realizaban seguimientos de acuerdo a los datos obtenidos en esa actividad», según describe el fallo.
El 9 de julio de 1974, José Luis Baeza Cruces, militante del Partido Comunista, salió de su domicilio en la comuna de Quinta Normal en dirección a un encuentro de militantes de esa colectividad en Santiago. Allí fue detenido por personas que vestían de civil y fue trasladado al recinto de la FACh ubicado en Las Condes, «en cuyo subterráneo fue interrogado bajo tortura», sin orden de aprehensión, detención, alguna diligencia o resolución en su contra.
El 8 de julio de 1974, Andrés Alfonso Carreño Díaz, también militante del PC, salió de su domicilio ubicado en Rosemblit 4868, en dirección a un departamento ubicado en calle Carmen, que era habitado por José Canales Pérez y su cónyuge Ivonne Patri, con el propósito de reunirse con el ex senador Jorge Montes Moraga, quien residía temporalmente en dicho inmueble.
Carreño Díaz fue detenido adentro de la propiedad por civiles armados y trasladado a la Academia de Guerra, donde permaneció bajo interrogatorio y maltrato físico en forma permanente. Durante su cautiverio, «fue reiteradamente flagelado hasta producirle serias lesiones que finamente le causaron la muerte en el Hospital de la Fuerza Aérea», señala la resolución del tribunal de alzada.
Sobrevivientes
Durante julio y agosto de 1974, se efectuaron numerosas detenciones de personas relacionadas con el PC o con los detenidos, sin orden legítimamente expedida. Así ocurrió con Rosa Irene Barrera Pérez, Jacinto Nazal Quiroz, Agueda del Carmen Jara Avaca, Jorge Antonio Montes Moraga, Guillermina Fresia Cervantes, Guillermo León Teillier del Valle, Magdalena María Luisa Contreras Wiese, Rosa María Luisa Montes Miranda, Diana Montes Miranda, María Josefina Miranda Tejías y José Demetrio Canales Pérez.
Los detenidos fueron trasladados a la Academia de Guerra y permanecieron recluidos en el subterráneo especialmente habilitado para ello. La investigación concluye que durante el cautiverio, «fueron sometidos a interrogatorios, algunos maltratados física y psicológicamente, manteniéndolos con la vista vendada, sin alimentos, colgados, con prohibición de hablar, estando además sujetos a amedrentamiento y coacciones sicológicas, como hacerles infundir temor por la suerte de sus familiares o conocidos, hacerlas intuir su inminente ejecución, además de someterlos a torturas en diferentes formas y aplicación de corriente eléctrica en diferentes partes del cuerpo».
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $150 millones a Ulda Ortiz Alvarado y $120 millones a María Angélica y Tania Baeza Ortiz, viuda e hijas de José Luis Baeza Cruces, respectivamente. A Gladys y Marta Carreño Araya, hijas de Alfonso Carreño Díaz, les corresponderá una indemnización de $100 millones.