Condenan a Municipalidad de Ñuñoa por discriminación a persona con discapacidad física

El Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda por discriminación presentada en contra la Municipalidad Ñuñoa por negar la renovación de una licencia de conducir a una  persona con discapacidad física

Condenan a Municipalidad de Ñuñoa por discriminación a persona con discapacidad física

Autor: Felipe Menares

El Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda por discriminación presentada en contra la Municipalidad Ñuñoa por negar la renovación de una licencia de conducir a una  persona con discapacidad física.

La jueza María Soledad Oyadenel Rodríguez acogió la demanda presentada por Sergio Luci Mickle en contra del municipio por violar la Ley 20.609, conocida como Ley Zamudio, al negarse a tomar un examen especial para personas con discapacidad física.

La sentencia considera que hubo un actuar arbitrario del municipio al someter a Luci Mickle a un examen estándar y no uno especial para personas con discapacidad al momento de renovar su licencia en agosto de 2014.

De acuerdo al fallo, «resulta claro para esta magistratura que dicho requerimiento de practicar los exámenes psicométricos estandarizados suponen, en la práctica de un parapléjico, un obstáculo imposible de salvar, toda vez que precisamente dicha estandarización, la que supone garantía de igualdad y certeza en el caso de personas de movilidad completa, deviene una brecha en dicha igualdad al dejar de ser un requisito –es decir, por definición una carga accesible de satisfacer– para constituirse en un obstáculo insalvable para una persona que padece la afección del denunciante».

«En consecuencia, y no mediando un razonamiento reconocible en la decisión tomada por la denunciada, no ajustado ni a la norma legal ni a su propia práctica precedente, resulta claro para esta magistratura que, aparte de discriminatoria –al punto de vulnerar la ley vigente en materia de discapacidad– la decisión de la autoridad reclamada resulta claramente arbitraria», agrega la resolución.

La decisión de la jueza María Soledad Oyadenel establece que la Municipalidad de Ñuñoa  incurrió en una discriminación arbitraria al no permitir al denunciante llevar a cabo la evaluación exigida por ley para renovar su licencia de conducir, en condiciones que fueren compatibles con la discapacidad que lo afecta.

Además, se deja sin efecto la denegación de renovación de licencia de conducir y el municipio tendrá 60 días hábiles para tomar las medidas que necesarias para que el denunciante pueda rendir un examen de renovación de licencia de conducir en condiciones acordes con su discapacidad.


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