La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este jueves la solicitud de prisión preventiva para los doce huelguistas del Transantiago que fueron detenidos el pasado viernes después de que interrumpieran el servicio de la línea 1 de Metro al invadir las vías a primera hora de la mañana.
La Decimosegunda sala del tribunal de alzada resolvió mantener las medidas cautelares (firma semanal y prohibición de ingresar al Metro) pero rechazó la solicitud de la Fiscalía de imponer prisión preventiva contra los doce choferes detenidos.
Tras la detención de los huelguistas, la Intendencia Metropolitana invocó a la Ley de Seguridad del Estado para juzgar a los detenidos por alteración del orden público. La Ley de Seguridad del Estado fue creada en 1958 y reformada durante la dictadura militar de Pinochet para ampliar las conductas punibles y aumentar las penas, especialmente para los delitos que «atenten» contra el orden público. Según esta estricta ley, el delito que se le imputa a los doce trabajadores detenidos tiene penas de entre 3 y 10 años.
A las 7:00 horas del pasado viernes, los trabajadores en huelga del Transantiago paralizaron la ciudad de Santiago al bajar a las vías del metro y bloquear el servicio de la línea 1 entre las estaciones de ULA y La Moneda. El motivo de esa interrupción fue dar a concoer la -legal y legítima- huelga de los trabajadores de la empresa Express de Santiago Uno.
Ramón Abarzua, miembro del sindicato Aluchar Lautaro, participó en las movilizaciones del pasado viernes que se llevaron a cabo en el Metro de Santiago: «Fue una estrategia para que la prensa pudiera acercarse a nosotros y a nuestras peticiones porque la empresa no quiere dar nada«, explicó el dirigente en conversaciones con El Ciudadano.
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