La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó esta semana un recurso de ilegalidad interpuesto por profesionales de Comunidad y Justicia contra el Consejo para la Transparencia. Esta última entidad había validado que se mantuvieran en reserva los antecedentes sobre la denuncia por la prohibición del matrimonio igualitario que el Movilh había interpuesto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), situación que derivó en el conocido «Acuerdo por la Igualdad» celebrado el pasado enero de 2017 entre la organización por la diversidad sexual y la presidenta Michelle Bachelet, en el que ella comprometía el avance por parte del Estado de Chile en derechos reclamados por los movimientos LGTBI.
En concreto, los abogados de la ONG conservadora querían acceder a todos los informes del Gobierno, de la CIDH y del Movilh «con el objeto de presentar un Amicus Curiae contra la igualdad de derechos para las parejas del mismo sexo. De acuerdo a nuestra legislación, los informes debían ser reservados en ese momento, pero la persistencia homofóbica de estos juristas los llevó a buscar maneras de involucrarse en un proceso donde no eran parte», indicó el dirigente Rolando Jiménez.
En sus descargos ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores sostuvo el argumento de su rechazo a la iniciativa de Comunidad y Justicia: «divulgación de la información infringiría la Convención Americana de DD.HH, afectaría el interés nacional y la defensa del Estado de Chile».
Por su lado, el Director General y representante legal del Consejo para la Transparencia, Raúl Ferrada Carrasco, defendió que la denuncia del Movilh contra el Estado por la prohibición del matrimonio igualitario era «información reservada por aplicación de la causal de secreto (…) sobre acceso a la Información Pública». Otro punto adverso para la ONG.
Con estos antecedentes, los ministros de la Corte de Apelaciones concluyeron hoy que el «pleito internacional se encuentra sometido a la competencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (…) los antecedentes solicitados, no cabe duda, que se encuentran directamente relacionados con un litigio en curso». Dado que servían para la defensa del Estado de Chile, no se podían hacer públicos.
Una postura similar adoptó el pasado 19 de enero el Tribunal Constitucional, luego de que el abogado Cozzi presentara un recurso de inaplicabilidad para mantener en reserva determinados antecedentes.
De acuerdo a Cozzi, dicho artículo vulneraba los artículos 4 (Chile es una República democrática), 8 (debido cumplimiento de las funciones de los órganos del Estado) y 19 (libertad de información) de la Constitución Política, pues les obstaculizaban a acceder a antecedentes sobre el matrimonio igualitario.
Por 9 votos contra 1 el TC rechazó en ese momento el recurso. Votaron por el rechazo el presidente del TC, Carlos Carmona, y los/as magistrados/as Marisol Peña, Gonzalo García Domingo Hernández, Juan José Romero, María Luisa Brahm, Cristián Letelier, Nelson Pozo y José Vásquez. Estuvo por acogerlo el juez Iván Aróstica.
«Los abogados de Comunidad y Justicia perdieron así dos veces con su arremetida homofóbica, lo que es un triunfo para la igualdad», finalizó el líder del Movilh, Rolando Jiménez