La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado por la Revista Punto Final en contra de varios ministerios por la concentración del avisaje publicitario del Estado en las dos grandes cadenas periodísticas del país.
En fallo unánime (en causa rol 9148-2009), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal –Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Benito Mauriz– ratificaron el fallo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que desestimó el requerimiento contra los ministerios de Hacienda, Justica y Planificación y Desarrollo.
El fallo determinó que las secretarías de Estado han ajustado sus procesos de compras de avisajes publicitarios a las leyes del mercado y no vulnera las normas de la libre competencia.
“Que, así las cosas, esta concentración de avisaje en dos grandes cadenas periodísticas -injustificada y parcial a juicio de la revista Punto Final– sólo deriva de asignar el avisaje estatal sobre la base de criterios de mercado, como son el índice de lectoría de cada medio escrito y los destinarios a los que va dirigido el mensaje que se persigue comunicar”, dice el fallo.
Y agrega la sentencia que para establecer una discriminación positiva a favor de los medios ajenos a los dos consorcios periodísticos se debe dictar una ley especial que determine este mecanismo. “Que acceder a las peticiones de este recurso conllevaría instalar a favor de algunos medios de prensa una discriminación positiva, la que corresponde ser declarada por una ley y la carencia de esa norma, no puede ser suplida mediante la utilización sesgada del avisaje estatal en pos de apoyar -aun reconociendo la legitimidad de esta pretensión- una mayor diversidad informativa”.
Se adjunta el fallo completo de la Corte Suprema en la reclamación de la revista Punto Final: RECLAMACION PUNTO FINAL
Fotografía: Por The Clinic
El Ciudadano