Durante mañana de este miércoles, el Tercer Tribunal de Juicio Oral de La Serena entregó su veredicto sobre el caso del homicidio del joven ecuatoriano Romario Veloz, ocurrido en dicha comuna el 20 de octubre de 2019, durante el estallido social.
El tribunal encontró culpable a los imputados por la muerte de Romario Veloz y las lesiones graves en contra de otras dos víctimas. En concreto se trata de 4 militares, tres acusados por disparar sus fusiles de guerra contra los manifestantes, y uno, el superior, por dar las órdenes de disparar.
De este modo, acogió la prueba pericial, audiovisual y testimonial de la Fiscalía y condenó a los acusados por violencia innecesaria con resultados de muerte y por dos delitos de violencia innecesaria con lesiones graves, por los hechos sucedidos en las afueras del Mall de La Serena el pasado 20 de octubre del 2019.
Si bien los jueces no concordaron con la calificación de la acusación, consideraron la abundante prueba ofrecida que dieron por acreditado los hechos en torno a las órdenes que dio José Santiago Faúndez Sepúlveda (capitán a cargo del operativo) de perpetrar disparos contra población civil por parte de los soldados José Andrés Arenas Mancilla, Carlos Javier Robledo Olguín y Milovan Alejandro Rojas Barrera, que dejaron a dos personas lesionadas y un fallecido.
El capitán Faúndez Sepúlveda fue encontrado responsable de tres delitos; Robledo Olguín fue responsable de violencia innecesaria con resultado de muerte, Rojas Barrera, de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves y Arenas Mancilla de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves.
La lectura de la sentencia se realizará el próximo 12 de septiembre.
Los hechos
Según la acusación del Ministerio Público, los hechos que condujeron a la muerte de Romario Veloz comenzaron a desarrollarse a partir de las 18 horas del 20 de octubre de 2019, cuando el capitán Faúndez materializó la presencia de su contingente en el Mall Plaza La Serena, entre otros lugares, con la finalidad de «resguardar el orden público y reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad del sector».
Esto, pues en el sector antes mencionado y en circunstancias en que se desarrollaba una manifestación, algunas personas empezaron a intentar el saqueo de tiendas, por lo que el acusado ordenó la conformación y avance del contingente militar.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, quienes intentaron realizar los saqueos habrían desistido de sus acciones, pero no obstante aquello, y ya en el sector aledaño al Mall de La Serena, el capitán instruyó a sus subordinados a abrir fuego, vulnerando así las reglas de uso de la fuerza que prohíben apuntar con armas de fuego en dirección de cualquier persona en caso de no ser necesario.
Tras esta orden, agrega la acusación, el conscripto Rojas disparó e impactó a una persona con munición real. La víctima se encontraba en el pasto próximo a calle Amunátegui y quedó con lesiones graves y necesariamente mortales sin socorros oportunos y eficaces. Finalmente, sufrió un trauma abdominal, que tuvo efectos posteriores permanentes y lo incapacitaron para el trabajo.
Mientras un grupo de personas asistía a la primera persona herida, el capitán Faúndez omitió brindar primeros auxilios. Luego, replegó a sus subordinados, y enseguida, en conocimiento que sus subalternos habían efectuado disparos con munición real, dio una nueva orden de fuego.
En ese momento, el conscripto Robledo disparó nuevamente con munición de guerra, impactando en el cuello a Romario Veloz Cortés, quien estaba en las inmediaciones de la berma por calle Alberto Solari, a la altura del terminal de buses. El joven falleció momentos después.
En la misma secuencia, el soldado Arenas disparó su fusil cargado con munición de guerra e impactó la pierna izquierda de otra persona, causándole lesiones graves que sin atención eficaz y oportuna hubiesen ocasionado su muerte.
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