En 2014, cuatro personas realizaron una denuncia administrativa ante el Consejo de Defensa del Estado (CDE), dos de ellas por acoso laboral y discriminación y las restantes en calidad de testigos por trabajar en un ambiente hostil.
Las denunciantes también indicaron que el coach laboral Hugo Krüger Anguita, les realizó un trabajo grupal para recomponer el ambiente laboral, y que luego junto con la Abogada Procurador Fiscal, solicitaron al Presidente del CDE, Juan Ignacio Piña Rochefort, que para recomponer esta situación hostil, debían «sustraer (sic) a estas dos funcionarias».
Hoy existen dos demandas de tutela laboral, de M. Elizabeth Concha y de Marcela Chandía, la primera porque fue desvinculada del servicio como represalia de su jefa directa, y, la segunda (que hizo la denuncia en calidad de testigo), por ser trasladada a Santiago (aunque luego no se materializó porque la rechazaron en la capital).
A continuación, la carta que nos envió una de las afectadas:
Soy una ex funcionaria de la Procuraduría Fiscal de Chillán del Consejo de Defensa del Estado, quien junto a otras compañeras de trabajo, efectuamos una denuncia por maltrato y acoso laboral en contra de nuestra jefatura directa, la Abogado Procurador Fiscal de Chillán, Sra. Mariella Dentone Salgado; se inició un sumario administrativo en contra de la denunciada, atendida la gravedad de los hechos siendo sancionada por infracción de acoso laboral.
Con posterioridad, se inició un proceso de “mejoramiento de las relaciones laborales”, atendida la gravedad de lo ocurrido y la consecuente destrucción de los vínculos al interior de la Procuraduría. Para ello fue contratado un coach laboral, cuya intervención, según nos fuimos dando cuenta, no tenía otro sentido que silenciar nuestras legítimas aspiraciones de desenvolvernos en un ambiente libre de violencia, en que todos los funcionarios fuésemos tratados con el mismo respeto y consideración.
El día 5 de diciembre de 2014, fui informada por la Sra. Dentone verbalmente, de que mi contrata sólo sería renovada hasta el día 31 de enero de 2015.
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Estos hechos provocaron que con fecha 5 de marzo de 2015, iniciara ante el Juzgado del Trabajo de Chillán una tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales en contra del CDE, rol T–5–2015, la que fue acogida en todas sus partes mediante fallo del Tribunal Laboral de Chillán, con fecha 26 de junio del año en curso, confirmado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán, en fallo unánime de fecha 11 de agosto de 2015, donde el Tribunal de alzada desechó las alegaciones esgrimidas por el Consejo de Defensa del Estado, marcando un importante precedente, ya que reconoce competencia absoluta al Juzgado Laboral para conocer asuntos sobre Vulneración De Garantías Constitucionales en contra los funcionarios públicos. La Iltma. Corte de Apelaciones de Chillán señaló en el considerando 12 del fallo “… se puede apreciar de la sentencia impugnada de por establecido que la decisión de no renovar la contrata de la actora se basó en un criterio no justificado, desde el punto de vista de la igualdad de trato y establecida la sospecha, correspondía a la demandada dar una justificación razonable, lo que no ocurrió, mientras que la posibilidad de una conducta discriminatoria surge a partir de la secuencia de los hechos expuestos, es decir, denuncia de acoso laboral, instrucción de sumario y sanción a la Abogada Procurador Fiscal y la posterior precalificación de esta funcionaria a la demandante, situaciones que prepararon el terreno para una decisión discriminatoria” .
Cabe señalar que, otra funcionaria doña Marcela Chandía Arriagada, fue notificada con fecha 14 de enero de 2015 de su destinación a la ciudad de Santiago, atendido lo informado por el Sr. Krüger, la Sra. Dentone y RRHH. Es decir, de conformidad a la opinión de la misma jefatura que había sido sancionada por maltrato y acoso laboral y la del coach contratado supuestamente para mejorar el clima laboral, la funcionaria Chandía debía ser trasladada, a fin de “restablecer el adecuado clima laboral de la Procuraduría Fiscal de Chillán”.
Atendido los hechos narrados, la Sra. Chandía interpuso ante Juzgado del Trabajo de Chillán una tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales en contra del Consejo de Defensa del Estado, la que se acogió a tramitación y cuya audiencia de juicio se encuentra fijada para el 7 de septiembre del año en curso.
Por último quiero poner en conocimiento lo que he sufrido como funcionaria pública y la lucha que he emprendido con el único propósito de dignificar nuestro oficio, pues estimo imprescindible compartir mi compromiso con la causa de todos los trabajadores, en especial de quienes contribuimos día a día a la mantención y funcionamiento del Estado y demás órganos de la Administración Pública, más allá incluso de las legítimas reivindicaciones económicas, pues creemos, sin lugar a dudas, que quienes hemos optado por mantener viva la vocación de servicio público no podemos permitir la conculcación de nuestros derechos fundamentales por parte del mismo Estado al que tan orgullosamente he servido.
M. Elizabeth Concha Rico
Abogado