Los abogados Helena Olea, Jorge Contesse e Iván Harasic, representantes de la jueza Karen Atala, informaron hoy (martes 16 de agosto) los alegatos que presentarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por la demanda interpuesta en contra del Estado de Chile por discriminación sexual en un proceso judicial.
La demanda, que será escuchada el próximo 23 y 24 de agosto en Santafé de Bogotá (Colombia), se concentra en la violación al derecho a la no discriminación por orientación sexual, además de la violación al derecho al debido proceso, la intimidad familiar y la protección a la familia.
El caso de la jueza fue ampliamente difundido en 2003, cuando la Corte Suprema chilena denegó a la magistrada la tuición de sus hijas por mantener una relación homosexual al momento de su separación conyugal.
Se ha llegado hasta esta instancia internacional pues, en su momento, el Estado no cumplió con las recomendaciones de la CIDH de legislar en favor de políticas públicas que prohíban, sancionen y finalmente erradiquen la discriminación en torno a la orientación sexual en todos los ámbitos del ejercicio del poder, especialmente en la esfera judicial.
Esta demanda, materializada en septiembre de 2010, representa el primer caso de discriminación sexual que se ha llevado ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el mundo, por eso marca precedente en cuanto a la responsabilidad que le cabe a los estados como garantes de los derechos de las personas, independientemente de su orientación sexual.
Al respecto, Gonzalo Cid, dirigente del Movimiento por la diversidad sexual (Mums) afirmó estar expectante ante el alegato en la corte internacional. Señaló, además, que su organización se suma a esta demanda porque el Estado no ha avanzado con las recomendaciones hechas por la CIDH que, según Jorge Contesse, no son opcionales, son sentencias obligatorias para el Estado.
En este contexto, la Corte Suprema emitió hoy un informe sobre el proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación, en el que se declara que «el derecho a la no discriminación se encuentra suficientemente abordado, regulado y cautelado en el ordenamiento jurídico vigente a través de acciones constitucionales y legales pertinentes». Mecanismos como el recurso de protección, de amparo y de amparo económico serían entonces suficientes para evitar prácticas discriminatorias.
Al respecto, tanto desde el Mums como desde el Movilh (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) han sido categóricos. Concuerdan en que el proyecto del Gobierno no trata temas de fondo y legitima un recurso de protección ampliada, es decir, le entrega la carga al poder judicial en vez de garantizar una institucionalidad que prevenga el acto discriminatorio. En definitiva, el Estado prefiere sancionar y que las partes se enfrenten cara a cara en un juicio, enfatizó Cid.
El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos marcará el precedente más importante para la justicia chilena en materia de discriminación sexual, por primera vez se reconocería en un tribunal internacional que el poder judicial es inútil cuando el Estado carece de institucionalidad que obligue a la completa imparcialidad de su ejercicio, argumento principal de los movimientos por la diversidad sexual en contra del proyecto de ley en trámite en el Congreso.
Por Paula Figari Rojas
El Ciudadano