No haber cometido violaciones a los derechos humanos en dictadura es lo que dice recurrentemente el ex comandante en Jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre cuando le preguntan por su papel en consejos de guerra tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973.
A inicios de este mes, cuatro oficiales en retiro involucrados en “La Caravana de la Muerte” fueron notificados de su condena por el ministro Leopoldo Llanos: Sergio Arredondo González, Patricio Ferrer Ducand, Pablo Martínez Latorres y Luis Polanco Gallardo, todos comprometidos en la masacre de 14 personas en Antofagasta.
Pero la comitiva también arrastró consigo almas en La Serena. A mediados de 2015, la PDI recogió siete testimonios que vincularon a Cheyre con torturas de la Caravana. En su defensa, el otrora director del Servel insistió en exhibir una resolución de 2013, emitida por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó procesarlo en el caso.
¿Es Cheyre absolutamente inocente de actos reprochables cometidos en dictadura?
El dudoso criterio del ex comandante en Jefe a la hora de perseguir a opositores de Pinochet es lo que revela un expediente al que accedió El Ciudadano. Se trata de una causa seguida en contra de una estudiante de 27 años que también ejercía funciones en la Corporación de la Reforma Agraria (CORA). Fue procesada por infracción a la Ley de Seguridad Interior del Estado. ¿El motivo? Irse de vacaciones un día antes del golpe.
LAPOSTOL PERSIGUE
Alfabetizar a campesinos era el trabajo que desarrollaba Ana Luisa del Canto Rodríguez cuando fue detenida por el subcomisario de Investigaciones Renato Vera Riquelme y puesta a disposición del teniente coronel de Ejército Ariosto Lapostol Orrego, siguiendo “instrucciones verbales” del alto uniformado.
Lapostol, por cierto, había sido jefe de inteligencia del Estado Mayor de Defensa Nacional.
En el documento que marcó el inicio del proceso Nº 10-73 del Segundo Juzgado Militar de Santiago, Vera aportó los primeros antecedentes que permitieron armar el perfil de la detenida – hermana de un funcionario de Carabineros de Santiago – como una persona que “se identifica con el Partido MAPU de la línea de Garretón”, y que además se reunía con otras personas para analizar “hechos que publicaban diferentes diarios, tanto de oposición como adictos al Gobierno (de la Unidad Popular)”.
Pese a que una testigo declaró que la empleada de la CORA había manifestado en voz alta que “no se reintegraría al trabajo, porque los militares habían llegado al poder”, la acusada explicó al fiscal militar Manuel Cazanga Pereira que su jefe la había autorizado a tomar cinco días feriados.
Su declaración resultaba ser verídica. Mediante un oficio del 8 de octubre de 1973, el entonces Jefe de Área de la CORA de La Serena, Sergio Naranjo Espinosa, señaló al fiscal que el 10 de septiembre Ana del Canto había solicitado unos días de descanso que estaban pendientes desde 1972.
ENTRA CHEYRE
La autoridad militar sospechaba de una visita que Ana había hecho a campesinos. Testigos afirmaban que la mujer simplemente les había aconsejado estar tranquilos y conservar la calma, poniéndolos al tanto de las vacaciones que tomaría.
El fiscal Cazanga persistió en su versión de los hechos. Resolvió condenar a Ana del Canto como “autora del delito de incitar a la resistencia en tiempo de guerra”. También le imputó “concurrir estando con feriado al lugar denominado El Romero a hablar con los campesinos, no existiendo motivo alguno que justificara su presencia en el lugar”.
De igual forma, el fiscal sumó como agravante el hecho de que ella no asistiera ni se presentara a su trabajo “como disponían los bandos”.
Cazanga propuso la pena de cinco años y un día de relegación menor en su grado mínimo, salvo un mejor parecer del “honorable” Consejo de Guerra conformado, entre otros, por el entonces teniente Juan Emilio Cheyre. Pero Cheyre no cambió nada para mejor.
Como aparece registrado en el acta de la sesión del Consejo que revisó la causa seguida contra Canto Rodríguez el 23 de noviembre, todos sus integrantes se pronunciaron a favor de condenar a la universitaria, ordenando además que ésta fuera “permanentemente controlada por Carabineros con firma semanal y controles intempestivos”, aislada en La Ligua, declarando los argumentos de la defensa como “inatendibles”.
La sentencia lleva la firma del comandante Mario Arriagada Anentto, el capitán Daniel Verdugo Gómez, los tenientes Raúl Alvarado y Mario Villagrán, el auditor Francisco Álvarez Mery, y Cheyre, quien años más tarde, bajo el gobierno de Ricardo Lagos, llegaría a ocupar el puesto de jefe máximo de la institución castrense.
ARELLANO DESHACE
Tuvo que pasar más de un mes para que la supuesta “agitadora” lograra zafar de su reclusión en la Casa Correccional de Mujeres ‘El Buen Pastor’. Allí esperó a que su situación se resolviera. Pero tuvo que transcurrir un año para que fuera declarada inocente de los cargos imputados.
El 21 de noviembre de 1974, en virtud de una directiva impartida por el Ministerio de Defensa y la Auditoría General del Ejército para revisar fallos y enmendar errores u omisiones, el general de Brigada a cargo de la II División, Sergio Arellano Stark, ordenó la libertad inmediata de Ana.
Irónicamente Stark, quien por esos días participaba en crímenes junto a la DINA, daba cuenta de un detalle muy importante que Cheyre no había sido capaz de percibir a la hora de dirimir sobre el futuro de la alfabetizadora de La Serena: que ésta había explicado satisfactoriamente su ausencia al trabajo por encontrarse en uso de una licencia concedida por su jefe.
Ana Luisa terminó absuelta de toda responsabilidad criminal. El error, no obstante, fue puesto bajo la alfombra.