La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra y de lesa humanidad a 35 militares de Colombia, entre ellos cinco generales (r) por su participación en la ejecución de un plan criminal cuya finalidad fue exhibir como resultados operacionales legítimos homicidios perpetrados en combates simulados con el objetivo de dar una falsa sensación de seguridad a la población civil, así como alcanzar beneficios profesionales y mayor legitimidad institucional. Los hechos ocurrieron en Huila entre 2005 y 2008.
A ellos se les atribuyen, en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas del Subcaso Huila, 200 asesinatos presentados ilegítimamente como bajas en combate, 32 de los cuales fueron víctimas de desaparición forzada, además de ocho tentativas de homicidio documentadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad, crímenes que fueron perpetrados por integrantes del Ejército Nacional que operaron en el departamento, consignó una nota de prensa.
Los militares activos y retirados que fueron imputados pertenecieron al Batallón de Infantería No. 26 ‘Cacique Pigoanza’ (BIPIG), al Batallón de Infantería No. 27 ‘Magdalena’ (BIMAG), a la Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas No. 11 (AFEUR 11) y a la IX Brigada.
Evidencia judicial
La evidencia judicial indica que los homicidios de personas protegidas, las tentativas de homicidio y las desapariciones forzadas documentadas fueron perpetradas como parte de una ataque generalizado y sistemático contra la población civil, y vulneraron las normas del Derecho Internacional Humanitario.
Entre el 2005 y 2008 ocurrieron la mayor cantidad de hechos victimizantes documentados por la JEP en el Huila. Este aumento coincide con el incremento de casos de asesinatos y desapariciones forzadas perpetrados por integrantes de la fuerza pública, tal como se ha observado en otras regiones del país.
De acuerdo con el auto, la evidencia judicial indica que se desplegó una estrategia de guerra en la que se privilegiaron las muertes sobre cualquier otro resultado operacional concreto o inmaterial. Como consecuencia, se presionó a las tropas o se les incentivó, positiva o negativamente, para que presentaran bajas en combate.
Tres comandantes imputados
En el marco del Caso 03 que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate, la JEP decidió imputar como máximos responsables a tres antiguos comandantes de la IX Brigada a título de autores por omisión: el mayor general Miguel Ernesto Pérez Guarnizo, el general (r) Jaime Alfonso Lasprilla Villamizar, quien llegó a ser comandante del Ejército Nacional y el brigadier general William Fernando Pérez Laiseca.
La Sala subrayó que los generales imputados debían proteger los bienes jurídicos de la población, controlar efectivamente a sus subordinados y, a pesar de contar con medidas razonables a su alcance para hacerlo, incumplieron sus obligaciones constitucionales. Desde el mando que ocuparon fueron permisivos, laxos en los controles y no ejercieron sus competencias de prevención, investigación y sanción. Esto facilitó la difusión, permanencia y encubrimiento de los crímenes. Sus omisiones contribuyeron a la consolidación de los tres patrones macrocriminales documentados en el Subcaso Huila, una de las seis zonas priorizadas en la investigación.
Las actuaciones de los tres altos oficiales transmitieron la percepción que desde la IX Brigada se permitía el lanzamiento irregular de operaciones para perpetrar homicidios bajo la modalidad de combate simulado y, con ello, que era posible acudir al pago irregular de recompensas para financiarlos. Las presiones se dieron en un contexto de estricta jerarquía militar, falta de un control efectivo y la imposición de las muertes en combate como único indicador de éxito militar.
En el caso de los mayores generales (r) Édgar Alberto Rodríguez Sánchez y Marcos Evangelista Pinto Lizarazo, junto a los 30 comparecientes que se desempeñaron como integrantes de los pelotones, comandantes de pelotón y compañía de las cuatro unidades priorizadas, todos deben responder a título de coautores por los crímenes que se les imputan. La Sala considera que esos uniformados siguieron un acuerdo común, con división del trabajo criminal e hicieron aportes esenciales en las fases de planeación, ejecución y encubrimiento de los hechos.
La Sala llamó a reconocer públicamente su responsabilidad a 14 antiguos integrantes del Batallón de Infantería No. 26 ‘Cacique Pigoanza’. Asimismo, imputó, en calidad de máximos responsables, a 14 antiguos integrantes del Batallón de Infantería No. 27 ‘Magdalena’. Además, fueron imputados dos integrantes de las Fuerzas Especiales Urbanas No. 11.
Más allá de la responsabilidad penal individual que se les atribuye en el Subcaso Huila, la Sala de JEP observa una falla sistémica de las instituciones, militares y civiles, encargadas de la protección de la población en el Huila. Los mecanismos de control disponibles fallaron o fueron insuficientes para proteger los bienes jurídicos de las personas más vulnerables. Y solo se adoptaron medidas cuando las atrocidades fueron conocidas por la opinión pública.
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