Gendarmes que rociaron gas lacrimógeno en genitales de reo quedan con libertad vigilada

Los hechos se registraron en 2016 en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y producto de la agresión la víctima sufrió lesiones graves y resultó con una insuficiencia renal aguda.

Gendarmes que rociaron gas lacrimógeno en genitales de reo quedan con libertad vigilada

Autor: Leonardo Buitrago

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral (TJOP) en lo Penal de Santiago dejó en libertad vigilada a dos gendarmes feclarados culpables de los delitos de tormentos y apremios legítimos , contra una persona privada de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur (ex Penitenciaría), ocasionándole lesiones graves.

En fallo unánime (causa rol 22-2023), el tribunal condenó al teniente primero de Gendarmería Álvaro Daniel López Barriga y al cabo segundo de la institución penitenciaria, Jorge Eduardo Herrera Riquelme a penas únicas de 3 años y seis meses de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, en calidad de autores del delito consumado de tormentos y apremios legítimos en concurso ideal con el delito de lesiones simplemente graves. Ilícito perpetrado en 2016 en el mencionado centro de detención.

Los magistrados Ana Cámpora Guajardo (presidenta del tribunal), Carlos Jeria Montoya y Cristián Fuentealba Zamora (redactor) decidieron aplicar a los dos funcionarios de Gendaremría las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.

El tribunal dispuso que una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas que serán incorporadas en el registro nacional de ADN de condenados.

Además se llevará a cabo el comiso del bastón artesanal incautado en el procedimiento.

“Durante el cumplimiento de la sanción sustitutiva impuesta, los condenados deberán cumplir con un programa de tratamiento de la violencia, conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 ter letra d) del Ley N° 18.216”, indicó el fallo.

Gendarmes rociaron gas lacrimógeno en genitales de reo

Los jueces dieron por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 14 horas del 12 de julio de 2016, el teniente segundo Álvaro López Barriga y el cabo segundo Jorge Eduardo Herrera Riquelme, quienes se encontraban cumpliendo funciones en dependencias del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, ubicado en la avenida Pedro Montt N° 1902, comuna de Santiago, obligaron interno privado de libertad Gabriel Orlando Cid Saavedra a sacarse la ropa, quedando completamente desnudo, y a hacer ejercicios físicos tipo flexiones de piernas.

A pesar de haber quedado extenuado, obligaron al privado de libertad a continuar, «golpeándolo con un elemento contundente en distintas partes de su cuerpo», e incluso lo rociaron con» gas lacrimógeno en sus genitales”.

Como consecuencia de la brutal agresión, la víctima resultó con una insuficiencia renal aguda, rabdomiolisis y síndrome compartimental de extremidades inferiores bilaterales, mayor a derecha, por lo que debió ser operado de fasciotomía en muslo derecho.

Según el fallo, estas lesiones explicables por la acción de objetos contundentes y por la realización de ejercicio físico prolongado e intenso, «que sanaron, previo tratamiento quirúrgico especializado y tratamientos médicos seriados, en un periodo de entre sesenta y setenta días, con igual tiempo de incapacidad, sin dejar secuelas funcionales, las que hubiesen sido mortales de no mediar los socorros médicos oportunos»

Asimismo, Gabriel Orlando Cid Saavedra presentó «sintomatología post traumática reactiva.»

Sigue leyendo:


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano