La Corte Suprema dio a conocer su veredicto respecto de la anulación de las condenas contra 7 comuneros mapuches y una activista de esa etnia, sentenciados en 2003 y 2004 por los delitos de incendio y amenazas de carácter terrorista contra una propiedad de la empresa Forestal Mininco.
El máximo tribunal consideró ahora que las condenas en contra de Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún Paillalao, Víctor Manuel Ancalaf Llaupe, Florencio Jaime Marileo Saravia, Juan Patricio Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Ciriaco Millacheo Licán y la activista Patricia Troncoso Robles, «han perdido efectos que le son propios».
Lo anterior, luego de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que condenó al Estado de Chile en el caso conocido como «Norín Catrimán y otros» o «Caso Lonkos».
En el fallo de la Suprema se lee que el Tribunal Pleno constató a partir de los antecedentes y el análisis de vulneración de derechos fundamentales que realizó la Corte Interamericana de Derechos Humanos, «la existencia de graves transgresiones a los tratados internacionales vigentes, los que coinciden con las garantías consagradas en (…) el artículo 19 de la Constitución Política de la República».
Junto con ello se sostiene que las condenas en contra de los comuneros y la activista mapuches «no pueden permanecer vigentes, atendido que su subsistencia supone la de las conductas lesivas de las garantías fundamentales reseñadas y que han sido verificadas por el tribunal internacional competente, por lo que esta Corte Suprema declarará que los fallos condenatorios citados han perdido los efectos que les son propios».
El texto íntegro de la sentencia se dará a conocer el 16 de mayo de 2019.