El pasado jueves 10 de agosto, el Director Regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de Valparaíso interpuso un recurso de protección en favor del derecho de sufragio por parte de 17 personas que se encuentran privadas de libertad pero que legalmente tienen el derecho a ejercer su sufragio en la región.
Frente a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Fernando Martínez, Director Regional del INDH, explicó que la Constitución señala que este derecho puede suspenderse para aquella persona acusada por un delito que merezca pena aflictiva e incluso perderse respecto de los condenados por un delito que la ley califica como conducta terrorista.
“La posición del Instituto es que la suspensión vulnera la presunción de inocencia porque puede que la persona a la que se le suspende la posibilidad de sufragio, al final del juicio resulte absuelta y, por lo tanto, no se les debería nunca haber impedido ejercer su derecho”, declaró el director Martínez.
Acciones legales en casi todo el país
El representante del INDH afirmó además que la institución estaba presentando el recurso de protección en 12 regiones del país en favor del derecho de sufragio por parte de 250 personas.
La regla general es que las personas una vez que tienen la calidad de ciudadanos, es decir, son chilenos y mayores de 18 años, tienen el derecho a ejercer su voto. La excepción a ello se constituye para quien no tiene la calidad de ciudadano -debido a la pérdida de la nacionalidad chilena- como también para aquellas personas condenadas por tráfico de estupefacientes y que además hayan recibido pena aflictiva.
“Nosotros hemos estudiado qué personas se encontraban en condiciones legales de ejercer el derecho de sufragio, tanto en San Antonio como Valparaíso. En ambos casos, hemos conversado con ellos para consultarles si están de acuerdo con presentar este recurso, para pedir que se tomen las medidas necesarias para ejercer su derecho a sufragio”, afirmó el director del INDH.
Analizando el contexto internacional, hay países que tienen permitido el derecho a sufragio en algunos casos, y otros que lo tienen completamente prohibido para las personas condenadas. Hay distintas experiencias, por ejemplo, existen lugares donde los privados de libertad son trasladados a recintos donde pueden ejercer este sufragio, que cuentan con mesas electorales. En Chile, previendo que el traslado sea muy complejo, se ha planteado como alternativa que se pueda instalar una mesa electoral en el recinto penitenciario.
El INDH el año pasado ya presentó un recurso de protección por 8 personas en Valparaíso, lo que fue ganado para 4 de ellas en la Corte Suprema. Luego, ésta instruyó tanto al SERVEL como a Gendarmería a arbitrar las medidas necesarias para que las personas que legalmente no tienen prohibición, pudiesen ejercer su derecho a sufragio, lo que hasta las elecciones primarias no se había cumplido.
“SERVEL ha dicho que para eso habría que crear una nueva circunscripción electoral, que sería materia de ley. A nuestro juicio, ese argumento no es válido porque los recintos están dentro de una circunscripción electoral, por lo que corresponde es habilitar una mesa. Gendarmería ha señalado que hay disponibilidad pero afirman que si SERVEL señala que se necesita una nueva ley, hay que ver si ésta se dicta o no”, informó el representante del INDH.
Finalmente, Fernando Martínez aseguró que su intención era que, para los 8 hombres y 9 mujeres de la región de Valparaíso, “se pueda reestablecer el ejercicio de este derecho para las elecciones presidenciales y parlamentarias”.