Ayer martes ingresó a la Corte de Apelaciones de Temuco un recurso de amparo presentado por el INDH en favor de un adolescente de 14 años de la Comunidad Coñomil Epuleo, por las lesiones que este último sufrió durante el desalojo efectuado por carabineros el pasado domingo 28 de septiembre, por considerar que constituye un «acto ilegal y arbitrario que afectó a la seguridad individual del joven».
Los hechos
Según el propio Instituto, los hechos ocurrieron el pasado 28 de septiembre, cuando un grupo de mapuche perteneciente a la comunidad Coñomil Epuleo, en la Región de la Araucanía, realizó una ceremonia de rogativa en un predio que actualmente pertenece a un privado, ritual desarrollado en el contexto de sus reivindicaciones territoriales. A la llegada de las familias al fundo, existía custodia policial de parte de Carabineros, sin embargo, la rogativa se pudo realizar con normalidad durante el transcurso de la mañana y parte de la tarde. Luego, al final de la tarde, aparecieron en el lugar varios vehículos policiales y funcionarios de Carabineros que comenzaron a disparar y lanzar bombas lacrimógenas. Por ello, y para resguardar la seguridad de los niños/as que los acompañaban, los miembros de la comunidad decidieron retirarse del lugar.
En el momento que todos los miembros de la comunidad se encontraban caminando de regreso a sus hogares, y después de haber salido totalmente del predio en reivindicación, fueron interceptados y encerrados por vehículos tácticos de Carabineros. De su interior descendieron varios funcionarios y, sin mediar diálogo o advertencia, comenzaron a disparar a todas las personas que allí se encontraban, pese a la presencia de los niños/as y adolescentes. Al comienzo de los disparos, los miembros de la comunidad intentaron protegerse, acción que también realizó el adolescente de 14 años, sin embargo, recibió 2 impactos de perdigones percutados por funcionarios de carabineros, primero, en la pierna izquierda y luego en el rostro, en el párpado inferior izquierdo. Así, según la declaración del amparado, Carabineros, en lugar de ayudarlo, trató de tomarlo detenido, lo que no se materializó pues el joven, en las condiciones que se encontraba, logró escapar junto a su madre y el resto de los miembros de la comunidad.
El joven fue trasladado por sus padres a la Región Metropolitana para recibir atención oftalmológica, ya que según consigna RBB manifestaron temor de que fuera detenido si era derivado a un centro sanitario de la zona.
El recurso de amparo presentado señaló asimismo que la acción disuasiva de carabineros no estaba justificada puesto que no existía riesgo inminente en la integridad de los funcionarios, no habiéndose respetado además, y en consecuencia con lo anterior, el protocolo de actuación, teniendo en cuenta la presencia de niños, niñas y adolescentes en el lugar:
“No es posible justificar en ningún caso el actuar policial en cuanto al uso de escopetas antidisturbios en contra de un adolescente mapuche, no sólo porque no se cumplió ninguno de los pasos que se establecen en la gradualidad de su propio protocolo, sino que, además, porque no existían los supuestos fácticos que justificaran el accionar de Carabineros, de conformidad al protocolo referido”.
Este es el primer recurso de amparo que se interpone contra el jefe de zona de la región, Nabih Soza, y no contra la prefectura de Malleco. Según señaló el abogado patrocinante Marco Ravanal, los recursos similares interpuestos contra el efectivo policial de Malleco (un total de 9) no han surtido ningún tipo de efecto.
Vea acá el recurso de amparo