Instituto Nacional de Derechos Humanos: En Chile no se consulta ni se busca participación de pueblos indígenas

El Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH) en su Informe Anual 2010, establece que el Decreto Supremo N° 124 de Mideplan de reglamento provisional  de consultas indígenas, no cumple con los principios mínimos aplicables a la consulta y participación de los pueblos indígenas

Instituto Nacional de Derechos Humanos: En Chile no se consulta ni se busca participación de pueblos indígenas

Autor: Cristobal Cornejo

El Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH) en su Informe Anual 2010, establece que el Decreto Supremo N° 124 de Mideplan de reglamento provisional  de consultas indígenas, no cumple con los principios mínimos aplicables a la consulta y participación de los pueblos indígenas.

Ya en septiembre de 2009, el relator especial de Naciones Unidas, James Anaya recomendó a Chile que el reglamento provisorio de consultas debía ser discutido y consensuado previamente con los pueblos indígenas, y debía cumplir con las normas y principios internacionales.

Sin embargo, en el primer Informe Anual del INDH, de diciembre de 2010, se establece que dicha recomendación no se cumplió, recomendando al Gobierno y a todos los poderes del Estado que se tomen las medidas para garantizar el cumplimiento del deber de consulta, de acuerdo a los estándares internacionales.

El 8 de marzo pasado, el Gobierno de Chile,  anunció un «proceso histórico» de consultas a los pueblos indígenas, fijando arbitrariamente  los temas de dichas «consultas» y que no aclara cómo se realizará dicho proceso.

El 27 de marzo, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi)  notifica que las consultas se realizarán de acuerdo a la reglamentación del Decreto N° 124. Es decir, con el mismo  «reglamento provisional» de consultas que ha sido rechazado por los pueblos indígenas, que ha sido denunciado ante la OIT y el Relator ONU,  y que fue severamente cuestionado por el propio organismo estatal encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones estatales en materia de derechos humanos. Toda «consulta» que se haga con dicho reglamento carece de validez y legitimidad.

En suma, ante la insistencia del Gobierno en aplicar el Decreto124, en rigor,  no se estaría frente un «proceso histórico» de consultas sino ante un nuevo caso de defraudación a los pueblos indígenas; un masivo e histórico atropello de derechos humanos.

El INDH es un organismo estatal autónomo, creado por Ley 20.405 del 24/11/2009, que tiene entre sus funciones elaborar un Informe Anual Sobre la Situación de los Derechos Humanos en Chile, en donde formula recomendaciones a los órganos del Estado para el debido respeto y cumplimiento de las obligaciones de Derechos Humanos.

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