La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó de manera unánime el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el Amparo presentado por la Coordinadora Nacional de Inmigrantes contra la expulsión de 3 estudiantes peruanos dictada por el Intendente de Antofagasta.
Con ello la Suprema desestimó la apelación presentada por el Intendente de Antofagasta, pese a los intentos que tanto de dicha autoridad como de la PDI hicieron para tratar de justificar la ilegal expulsión.
La PDI en su apelación dijo que pidió la expulsión de los estudiantes teniendo como base lo siguiente: «participaron en un encuentro “Jornada-conversatorio Generando Lazos – Derribando Fronteras, experiencias del Anarquismo en el Perú”, que se desarrolló el jueves 19 de enero del 2017 en el ex casino UNAP, en la ciudad de Iquique, el que versó sobre materias concernientes a las experiencias del anarquismo en el Perú, tales como “La historia del anarquismo peruano y el proyecto del archivo FOPEP (sindicato histórico de panaderos anarquista de Lima)”; “La realidad nacional del Perú contemporáneo”; “Espacios, proyectos y prácticas anarquistas o libertarias en el Perú de hoy”, indicando que la cita que fue publicitada en diversos medios de comunicación, entre ellos Facebook, y que eventualmente se trasladarían hasta la ciudad de Antofagasta, luego de reunirse con otros individuos en la ciudad de Iquique, donde permanecieron al interior de un recinto privado durante varias horas, y al ser fiscalizados en la ciudad de Iquique, fueron sorprendidos portando literatura de orden anarquista».
El sustento fáctico de la expulsión para el Intendente, según se desprende de su escrito de apelación es que: «luego de un acabado trabajo policial por parte de PDI, que los amparados viajaron a territorio nacional con el único objeto de participar de foros y congresos que tienen por objeto fomentar de palabra y/o por escrito o por cualquier otro medio, doctrinas anarquistas (SIC)».
Luego de ello, hace el escrito de la Intendencia un juicio ideológico sobre el anarquismo por el cual sin ningún antecedente concreto lo considera un peligro para el país.
El fallo ratificado por la Corte Suprema señaló por el contrario que “la imputación al anarquismo no constituye per se actos violentos y reprimidos, referidos en el Decreto Ley N° 1.094, desde que no es más que un pensamiento filosófico para defender la libertad individual».
Desde la Coordinadora Nacional de Inmigrantes consideran que la apelación de la Intendencia desestimada por la Corte Suprema deja en evidencia que lo que está detrás es una campaña macartista contra los extranjeros. Para la organización, resulta especialmente preocupante el hecho de la insistencia de la PDI en esa persecución y considerar como supuestas justificantes para ello participar en foros, conversatorios y poseer literatura marxista o anarquista. De ahí que insistan en denunciar una campaña macartista y actitud de persecución paranoica que atenta contra la libertad de pensamiento y expresión.