Justicia falla en favor de Roxana Pey y le pagarán seis meses del salario adeudado

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal revocó la sentencia apelada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al considerar arbitraria la destitución de la recurrente

Justicia falla en favor de Roxana Pey y le pagarán seis meses del salario adeudado

Autor: Javier Paredes

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal revocó la sentencia apelada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al considerar arbitraria la destitución de la recurrente.

«(…) se debe señalar que el decreto impugnado, no sólo constituye un acto ilegal y arbitrario, sino que además éste vulnera el derecho de igualdad ante la ley contemplado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, toda vez que se establece un tratamiento distinto entre el Rector de la Universidad de O´Higgins, que se mantiene en su cargo y la recurrente, que fue removida sin esgrimir motivos reales y fundados, razón por la que el recurso de protección debe ser acogido», sostiene el fallo.

La resolución  reconoce que de todos modos, al haber sido aprobados los estatutos de la casa de estudios, no podría reincorporarse Roxana Pey: «(…) una vez que asume la nueva rectora, se publican los estatutos de la Universidad de Aysén, el 4 de febrero de 2017, adquiriendo la casa de estudios en plenitud la Autonomía Universitaria, por lo que el nombramiento y remoción del rector ya no es una facultad de la Presidenta de la República, pues deben operar las instancias y órganos previstos en el referido instrumento».

Esto es trascendente, pues implica que reincorporar a Pey como Rectora de la Universidad de Aysén no sólo vulneraría el derecho de defensa de la nueva rectora Marshall, sino que «además se afectaría la Autonomía Universitaria de la casa de estudios superiores de Aysén».

El fallo reconoce que, si bien no puede ser renombrada rectora, corresponde pagar a Roxana Pey el equivalente a seis sueldos, dado que la aludida debió adecuar su proyecto de vida tanto para enfrentar el cargo como para enfrentar la arbitraria destitución: «se dispondrá el pago de seis meses de remuneraciones a contar del alejamiento del cargo, como medida paliativa de carácter alimenticio y sin perjuicio de las acciones ordinarias que la actora pueda impetrar», señala el documento.

El fallo concluye que «se revoca la sentencia apelada de once de enero de dos mil diecisiete, y en su lugar se decide que se acoge el recurso de protección presentado en favor de Roxana Pey Tumanoff, sólo en cuanto se deja sin efecto el Decreto Supremo N° 229, publicado el 13 de agosto 2016, y se ordena disponer el pago íntegro de seis meses de remuneraciones de la actora en los términos que han sido precisados en el fundamento décimo séptimo».


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