La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto por Óscar Cortés Barriga, en contra la Inmobiliaria Osbi SpA por vulneración de garantías constitucionales de derecho a la propiedad y a la integridad física y psíquica, tras los daños sufridos por su vivienda a raíz de la construcción de un edificio de cinco pisos que la empresa se encuentra realizando en un terreno aledaño a su propiedad.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Emma Díaz, Loreto Coddou y la fiscal judicial Gloria Hidalgo– acogió, el lunes 27 de febrero pasado, la acción de protección interpuesta por Cortés Barriga.
«En mérito de lo expuesto por el recurrente en su presentación, los problemas que empezó a sufrir su inmueble consistentes en la imposibilidad salir de su domicilio en condiciones normales, debido a que el terreno sobre el cual se encuentra ubicado el portón cedió y quedó atascado, y la inclinación de su casa hacia el muro, provocando el descuadre de puertas, ventanas, chimenea, coinciden con la construcción del edificio por parte del recurrido, no existiendo antecedentes de que su vivienda haya sufrido inconvenientes similares, en forma previa al inicio de la construcción», sostiene el fallo.
Resolución que agrega: «Que los daños en la estructura de la vivienda que habita el recurrente se encuentran acreditados con las fotografías acompañadas por el mismo en su presentación, y a consecuencia de ellos se afecta la integridad física y psíquica de él y de su familia al ver la destrucción de la cual está siendo objeto su hogar, y por el riesgo de habitar una vivienda en la que se puede producir algún derrumbe o desprendimiento que afecte a alguno de los habitantes de la misma (…) que del mismo modo se encuentra afectado su derecho de propiedad respecto de su vivienda ya que desde la actuación de la recurrida no ha podido usar y gozar de su inmueble en condiciones normales, tal y como era antes del inicio de la construcción».
Por estas consideraciones, concluye: «se ACOGE, sin costas, la acción de protección interpuesta por ÓSCAR CORTÉS BARRIGA en contra de INMOBILIARIA OSBI SPA, y se ordena la paralización de las obras hasta que se le dé al recurrente la solución que jurídicamente corresponda para restablecer el imperio de sus derechos vulnerados a causa de la construcción por parte de la inmobiliaria».