La Corte Suprema acogió un recurso de casación y ordenó al Fisco pagar una indemnización de $40.000.000 al hijo del detenido desparecido Lucio Bagus Valenzuela, detenido el 17 de septiembre de 1973 en el hospital San Juan de Dios de Santiago. En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogieron la acción presentada por Henry Bagus Escárate.
La sentencia asegura que la demanda no es incompatible con otro tipo de reparaciones que recibió el hijo de la víctima tal como lo pretendía el Consejo de Defensa del Estado (CDE) al oponerse al pago.
«Que la pretensión de la demandada de regular la indemnización por el daño padecido considerando los pagos ya recibidos del Estado contradice lo dispuesto en la normativa internacional señalada en la sentencia de casación que antecede y porque el derecho común interno sólo es aplicable si no está en contradicción con esa preceptiva, como también se razonó en la decisión de nulidad precedente, de modo que la responsabilidad del Estado por esta clase de ilícitos siempre queda sujeta a reglas de Derecho Internacional, las que no pueden ser incumplidas en función de preceptos de derecho patrio», se lee en el documento.
«La normativa invocada por el Fisco -que sólo establece un sistema de pensiones asistenciales- no contempla incompatibilidad alguna con la indemnización que aquí se persiguen y no es procedente suponer que ella se dictó para reparar todo daño moral inferido a las víctimas de atentados a los derechos humanos, ya que se trata de formas distintas de reparación, y que las asuma el Estado voluntariamente, como es el caso de la legislación en que se asila el demandado, no importa la renuncia de una de las partes o la prohibición para que el sistema jurisdiccional declare su procedencia, por los medios que autoriza la ley», dice el fallo.