La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó que la empresa Polla Chilena de Beneficencia debe poner a disposición de la ciudadanía los sueldos de sus directores, presidente ejecutivo, vicepresidente ejecutivo y gerentes, según estable la Ley de Transparencia.
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada rechazó el reclamo presentado por la empresa en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó publicar la información.
De acuerdo a la resolución, la Polla Chilena de Beneficiencia está obligada, por ser una empresa del Estado, a mantener a disposición de la ciudadanía los estipendios de quienes ejercen cargos de dirección, de acuerdo a las normas de la Ley de Transparencia y las decisiones adoptadas en la materia por la Contraloría General de la República.
«La obligación de publicitar las remuneraciones de estos gerentes, persigue una finalidad lícita que busca la transparencia y probidad, siendo su contenido de evidente interés público, más aún si se está en presencia de empresas públicas creadas por ley, empresas del Estado y sociedades en que éste tiene participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio, que por ningún motivo es posible asimilarlas en su trato a las privadas», señala el fallo.