La Corte Suprema determinó que sea el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago el tribunal que continúe con la tramitación del proceso por la muerte por ahorcamiento de una detenida al interior de una unidad policial en Maipú.
En fallo unánime, la Segunda Sala de febrero del máximo tribunal resolvió que corresponde a la justicia civil y no a la militar, seguir tramitando el proceso por el deceso de Zenobia Torres Pereira, ocurrido el 6 de junio de 2013, al interior de un calabozo de la 25° Comisaría de Carabineros, ubicada en Maipú.
La sentencia establece que el eventual delito por el deceso de Torres Pereira, quien fue encontrada sin vida en uno de los calabozos de la comisaría, constituiría un ilícito de carácter civil y no uno de aquellos que debe investigar la justicia militar.
«Se trata en este caso de un probable delito común, consistente en la muerte de una persona, sin que existan antecedentes de los posibles partícipes de los mismos, hechos que por ello no pueden calificarse con certidumbre como acto de servicio militar, o efectuado con ocasión del mismo servicio», establece el fallo, agregando que «no existe una imputación certera de responsabilidad a un individuo que pueda ser calificado como ´militar´».
La resolución suma, además, que «la víctima de estos hechos, no era militar y la parte perjudicada –familiares de una ciudadana no militar–, se les reconoce un mayor número de prerrogativas dentro del procedimiento seguido ante la judicatura ordinaria, principalmente la posibilidad de ejercer la acción penal».
Fuente: pjud.cl