La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, dictó sentencia de segunda instancia, en el caso conocido como Episodio subcomisaría de Paine y condenó a dos ex carabineros por el secuestro calificado del comerciante Luis Nelson Cádiz Molina y del profesor Alberto Leiva Vargas, hecho ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.
De esta manera, los ministros Patricio Esteban Martínez y Marcelo Ignacio Ovalle (s) junto al abogado integrante Ignacio Castillo Val, confirmaron lo resuelto por la ministra Marianela Cifuentes en julio del 2021, en su fallo de primera instancia, y dejaron a firme las condenas de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, como autores de secuestro calificado de ambas víctimas, a los carabineros José Retamal Burgos y al ex coronel Nelson Bravo Espinoza, quien se desempeñaba como jefe de la comisaría de Carabineros de Paine en ese entonces y quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el penal de Punta Peuco por estar vinculado en otras causas de crímenes de lesa humanidad.
Señalar que eran cuatro los acusados en esta causa por los delitos mencionados. Dos de ellos fallecieron antes de ser condenados, mientras que Retamal Burgos falleció en octubre de 2021, meses después de ser condenado en primera instancia por la ministra Cifuentes.
Para el abogado Nelson Caucoto, querellante en este caso, se trata de “una buena noticia para los familiares de estas víctimas, que han esperado 49 años para que el Estado de Chile les haga justicia a sus seres queridos”, señaló.
En ese sentido, Caucoto enfatiza en que “se está terminando el juicio, pero queda pendiente lo más importante: aparte de sancionar a los responsable, ubicar los cuerpos de estos dos chilenos desaparecidos. Esa es y sigue siendo una tarea pendiente, que debemos asumir como sociedad”.
Luis Nelson Cádiz Molina y Alberto Leiva Vargas, son dos de las de 70 víctimas que fueron ejecutadas y desaparecidas por la dictadura militar en la localidad de Paine, en su mayoría campesinos de la zona, la cual vivió su propio holocausto, convirtiéndose, en proporción a nivel país, como uno de los lugares más golpeados por la represión.
Los hechos del caso Paine
De acuerdo con la investigación sustanciada por la ministra Marianela Cifuentes se pudo establecer que “el día 14 de septiembre de 1973, tras tomar conocimiento de un requerimiento en su contra, Luis Nelson Cédiz Molina, se presentó voluntariamente en la Subcomisaría de Carabineros de Paine, lugar en el que se le mantuvo encerrado, sin derecho y que, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial, se desconoce a la fecha su paradero”
“Que, el mismo día, en horas de la tarde, Alberto Leiva Vargas, empleado auxiliar de Educación Fundamental del Instituto de Educación Rural y estudiante de filosofía de la Universidad Católica de Chile, fue detenido en su domicilio en calle Baquedano 806, en la comuna de Paine y, acto seguido, trasladado a la referida unidad policial, lugar en que se le mantuvo encerrado y hasta la fecha se desconoce su paradero”
“Que en la época de los hechos la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba bajo el mando de del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, secundado por los suboficiales José Floriano Verdugo Espinoza y Manuel Antonio Reyes Álvarez, actualmente fallecidos, quienes se turnaban en sus funciones cada 24 horas”
“Que en ese tiempo la guardia de la referida unidad policial estaba a cargo de carabineros José Retamal Burgos Y Víctor Manuel Sagredo Arenas, quienes también se turnaban en sus labores cada 24 horas”.