A pesar de la relevancia que reviste el hecho que el presidente de la República, Salvador Allende Gossens, haya muerto durante el golpe militar de 1973, su causa judicial será la última en abrirse. Y ante la ausencia de querellantes, ha sido el Poder Judicial -por iniciativa propia- el que abrió una investigación sobre su muerte y la de otras 726 personas. El ministro Sergio Muñoz es el principal promotor -desde la Corte Suprema- de la doctrina que promueve que todas las muertes y desapariciones deben ser investigadas.
“Es una paradoja del destino que, siendo el presidente Salvador Allende la persona de mayor relevancia que haya muerto durante el pronunciamiento militar, su caso sea el último proceso que se abra”, expresó el ministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, figura clave en la reciente apertura de un juicio por la muerte del ex mandatario socialista.
Muñoz, desde su cargo de coordinador de derechos humanos del Máximo Tribunal –que ocupó entre el 13 de mayo de 2009 y el 31 de agosto de 2010-, realizó un catastro que permitió determinar cuáles eran los casos de muertes y desapariciones ocurridas en Dictadura que no habían sido investigados. En su tarea, contó con la ayuda del ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza.
“Recurrimos a las bases de datos que sobre la materia tenía el Ministerio del Interior, la Policía de Investigaciones; consultamos informes del Registro Civil y también de los distintos procesos sobre derechos humanos que se tramitan en el Poder Judicial”, comenta Muñoz. Fruto de esta labor se concluyó que eran alrededor de mil cien las personas muertas o desaparecidas cuyos crímenes no habían sido investigados. La razón: Nadie promovió acciones judiciales.
La familia de Allende suscribe la tesis del suicidio, por tanto, no ha considerado necesario presentar querellas. El Partido Socialista tampoco ha intentado hacer justicia.
Sin embargo, en el Poder Judicial se impuso la necesidad de investigar todos los casos. Así lo expresó Muñoz: “Al tener presente los tratados suscritos por Chile y las declaraciones de las Naciones Unidas que expresan que una forma de mitigación o reparación que se les debe a las víctimas es determinar su paradero, la coordinación que yo encabezo (Derechos Humanos) propone a la Corte Suprema investigar la suerte de los desaparecidos y muertos que no tenían causas abiertas”.
En principio, esta propuesta –realizada ante el pleno de la Corte Suprema a mediados de 2010– no concitó su aceptación. Pero Muñoz afirma que después de esto “se exploraron otras formas y es así como se llega a que las asociaciones de los familiares de los ejecutados y detenidos desaparecidos pudieran presentar querellas para los casos no investigados”.
Se presentaron 344 querellas. Por diversas razones, entre las que destacan la imposibilidad de los abogados de estas organizaciones, hubo 726 casos en el que no presentaron acciones judiciales. Fue entonces que Muñoz envió los antecedentes de estos casos a la fiscal Beatriz Pedrals, quien finalmente asumió la responsabilidad de presentar las querellas.
LAS RAZONES
Muñoz es un hombre afable y sencillo. Incluso antes de ser ministro de la Corte Suprema se le consideraba como uno de los jueces más queridos de Chile. Gran parte de su popularidad la alcanzó en el juicio que concluyó –en agosto de 2002– con la condena de los culpables de la muerte de Tucapel Jiménez, quien fue asesinado por agentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) el 25 de febrero de 1982.
La entrevista se realiza en su despacho ubicado en el Palacio de los Tribunales, en el centro de la capital chilena. Muñoz afirma que la investigación sobre la muerte de Allende no se debe a “motivaciones especiales”, como el hecho de que fue Presidente o que hayan aparecido nuevos elementos que expliquen las razones de su muerte. “Tengo que ser sincero: Este caso no se aparta del objetivo propuesto de investigar el 100% de los casos de las personas fallecidas o desaparecidas durante el régimen militar”, acota.
-Con esta investigación ¿la justicia ha querido lavar la imagen que dejó durante el gobierno militar, de permisiva ante los crímenes de Estado?
-Yo creo que el Poder Judicial no ha tenido nunca necesidad de limpiar su imagen. Además, no creo que existan responsabilidades de las instituciones: Siempre son personales. No me siento depositario de ninguna responsabilidad de quienes hayan ejercido con anterioridad el cargo que ahora ostento. (Los juicios que se inician) no han tenido por objeto hacer una labor positiva en beneficio del Poder Judicial, sino dejar establecido que en Chile se ha investigado la totalidad de las muertes y desapariciones ocurridas durante el régimen militar. Ese es el objetivo.
De acuerdo con Muñoz, la apertura de estos últimos 726 procesos “tiene un carácter pedagógico: Que las personas sepan que, aunque pasen uno, dos o los años que sean, en algún momento la sociedad –desde los tribunales– va a reaccionar y va a investigar”.
Según el magistrado, un elemento que contribuyó a la apertura de los últimos procesos por violaciones a los derechos humanos fue que las causas “se estaban eternizando y parecían no tener horizonte de término, puesto que, todo el tiempo, se van iniciando nuevos procesos”.
Muñoz revela otro motivo que a su juicio es sustancial para que se abrieran de una vez todas las causas faltantes: “Mientras más tiempo pase, menos posibilidad de éxito tiene una investigación”. Y agrega: “Desaparecen los testigos por muerte o porque ya no se les localiza. Lo mismo sucede con los familiares. No se pueden hacer muestras de ADN, el recuerdo se hace más difuso y así sucesivamente. Por eso era un imperativo hacerlo con prontitud. Todas estas son las razones por las cuales se inician las investigaciones”.
-La muerte del presidente Allende es un caso complejo. Esto, entre otras razones, por la participación que tuvieron potencias extranjeras en el golpe militar ¿La investigación va a abordar el contexto político histórico?
-Este es un escenario que yo no me he planteado. Esto lo tiene que decidir el magistrado a cargo de la causa. Él (Carroza) decide con plena autonomía, cuál es el curso que le da a la investigación.
-¿Por qué fue designado el ministro Carroza?
-Hace ya bastantes años, como una forma de racionalizar el trabajo de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, se circunscribió a un grupo de ellos el trabajo de la investigación de causas relacionadas con Derechos Humanos, porque si no, hubiera significado que todos los ministros de Santiago debían estar abocados al conocimiento de este tipo de materias. En la última determinación que hizo la Corte Suprema, el año pasado, se precisó que se incorporaba a este grupo de ministros que sustancian causas de Derechos Humanos, el ministro señor Carroza.
Y para lograr cierta planificación del trabajo de los demás ministros, es que se dijo: ‘Las denuncias o querellas nuevas las va a instruir el ministro señor Carroza sin perjuicio que él emita la decisión que corresponda (como derivar el caso a otros ministros).
CONDENA PERO NO CASTIGA
-¿Cómo ve usted lo que se está imponiendo en la Corte Suprema donde se condena pero no se castiga a los acusados por violaciones a los derechos humanos? Hay personas que han luchado más de 30 años por alcanzar justicia para sus familiares y, al finalizar los procesos, el máximo tribunal da penas ilusorias a los autores de las torturas, desapariciones y/o muertes.
-La respuesta puede ser simple o compleja. La simple es que yo no puedo comentar las decisiones que adopten mis colegas. La compleja es que esto tiene un “efecto en cadena”, según la doctrina internacional. Cuál es: Primero, el derecho a la investigación judicial se ha logrado. Segundo, es que se obtenga la verdad, también se ha obtenido por parte de los tribunales. Tercero, que se establezcan las posibles responsabilidades, que se hagan efectivas respecto de aquellas personas que tienen participación y se absuelva a las que no.
Posteriormente, cuando se sanciona, se pide cárcel efectiva. Bueno, en realidad, yo como juez, siempre me he quedado en que lo más importante es la determinación de la responsabilidad. Si usted me dice (que la justicia) está relacionada con el quantum (yo le tengo que decir que), en realidad, no es determinante. Para un juez tiene mucha importancia determinar si es culpable o es inocente y, posteriormente, el monto de la pena viene dado como un aspecto adicional que lo establece el legislador.
Desde mi punto de vista no corresponde aplicar la media prescripción (que es el mecanismo que ha permitido la reducción de penas) si el delito es calificado de lesa humanidad. Hay otros casos en que es posible estudiar si se aplica o no se aplica esta media prescripción. Respecto de lo que es la reparación, personalmente también estimo que cuando se trata de delitos de lesa humanidad, no es aplicable la prescripción en materia civil. Y así lo he dejado establecido en los votos que me ha correspondido expresar en las causas en que he participado y se ha reclamado esta indemnización.
-¿Les preocupa a los ministros de la Corte Suprema que haya cambios en la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones?
-Existe un tema que para mí es preocupante y lo hago a título personal, sin pretender hablar por los demás ministros de la Corte Suprema: Que en algún momento pueda sucumbir la autoridad policial a las directrices políticas. Ese es un tema que no puede ser menor. Creo que es relevante que se le preste toda la colaboración al Ministro. Y si él estima que debe pedir una asesoría especial a la materia que él tramita, deben proporcionarse los recursos correspondientes. También creo que existen dos formas de proporcionar la cooperación: Cuando es una cooperación formal o cuando es material.
Y los que hemos investigado causas de derechos humanos y otras, podemos decir que existe cierta cooperación formal cuando los equipos que se conforman no cuentan con los profesionales adecuados. Y cuando se producen cambios constantes y hay que re-entrenar a personas en la investigación de estas materias y se tienen que familiarizar con los distintos nombres y distintas estructuras, lo que hace es retardar la investigación. Proceder de manera distinta es proporcionar un servicio que no es de calidad y es una cooperación formal más que material.
-¿El Poder Judicial cuenta con todas las facilidades para ejercer libre y eficazmente la labor que desempeña?
-Estimo que los jueces tienen los elementos que ellos han requerido, no tengo antecedentes para sostener lo contrario. Si existieran dificultades, los magistrados a cargo de estas causas lo pondrían en conocimiento.
Por Francisco Marín
El Ciudadano Nº97, primera quincena marzo 2011
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