Multa millonaria para Enel: Corte confirma sanción por no cumplir con beneficios para electrodependientes

El tribunal de alzada confirmó la multa dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a Enel, que le aplicó una sanción de 1.000 UTM por no efectuar el descuento del consumo de energía asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico de 843 pacientes electrodependientes, entre 2022 y noviembre 2023.

Multa millonaria para Enel: Corte confirma sanción por no cumplir con beneficios para electrodependientes

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la millonaria multa que se aplicó a la empresa eléctrica Enel Distribución Chile SA, por no cumplir con los descuentos que están obligados a aplicar por ley a personas electrodependientes que usan sus máquinas para sobrevivir.

El tribunal de alzada rechazó el reclamo de ilegalidad presentado por la compañía eléctrica, en contra de la resolución exenta, dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que le aplicó una multa de 1.000 UTM- equivalente a $67 millonespor no efectuar el descuento del consumo de energía asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico de 843 pacientes electrodependientes, entre 2022 y noviembre 2023.

En fallo unánime (causa rol 400-2024), la Quinta Sala de la Corte –integrada por el ministro Fernando Carreño, la ministra Elsa Barrientos y la abogada (i) Claudia Candiani– descartó actuar ilegal de la autoridad fiscalizadora al imponer a la reclamante “una sanción ejemplificadora”.

“La Superintendencia de Electricidad y Combustibles ha dado cabal cumplimiento a la normativa objetada por la reclamante Enel, pues, la simple serie de asertos que propone la empresa eléctrica en el reclamo de ilegalidad, dista de satisfacer la exigencia legal de indicar concretamente cómo la Superintendencia, mediante las multas impuestas y la determinación de estas, de acuerdo a la Ley Nº 18.410”, informó el Poder Judicial en un comunicado.

En concreto, se acusa a Enel de no efectuar el descuento del consumo de energía asociado al funcionamiento de los dispositivos de uso médico de 843 personas electrodependientes, por un monto total de $53.422.659, en el periodo comprendido entre el año 2022 a noviembre 2023.

En diciembre de 2023, la Superintendencia solicitó a Enel un informe sobre reclamos presentados por clientes electrodependientes, por no habérsele aplicado los descuentos en su facturación, lo que fue reconocido por la concesionaria.

A partir de ello, por medio de Oficio Ordinario Electrónico N° 204.297 de fecha 18 de diciembre de 2023 instruyó a Enel enviar los antecedentes de 2.861 clientes registrados como electrodependientes respecto a los montos descontados en la facturación mensual del año 2023, a lo cual la empresa respondió que había identificado 843 afectados por la no aplicación del descuento respectivo en sus facturaciones, es decir, afectó directamente a 843 clientes, lo que representa un 29.5% del universo total perteneciente a la empresa concesionaria, y que los descuentos no realizados en las boletas comprenden un periodo desde 1 hasta 22 meses, acumulando a esa fecha un monto total de $53.442.659.

Enel

Corte confirma multa de casi $67 millones a Enel

Tras evaluar los antecedentes, la SEC le aplicó a Enel a una multa de 1.000 Unidades Tributarias Mensuales por no efectuar el descuento del consumo de energía en consecuencia, la empresa eléctrica presentó un reclamo de ilegalidad.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago estimó que la multa impuesta resulta debidamente proporcionada, pues, además, de perseguir una finalidad legítima, es adecuada e idónea para la promoción de tal fin, necesaria en cuanto a la intervención de la Superintendencia dentro de la esfera de su competencia, y, en definitiva, proporcional respecto al margen de urgencia o necesidad conforme a los parámetros legales».

El tribunal de alzada determinó además que las personas afectadas por los sobrecargos fueron en total 843 pacientes electrodependientes, de los cuales 176 fallecieron.

«La conducta de la empresa Enel, al no aplicar los descuentos debidos a los usuarios afectados, constituye una infracción grave conforme a la Ley General de Servicios Eléctricos, al generar un perjuicio económico directo a los consumidores y afectar la confianza en la correcta prestación del servicio público», señaló la Corte.

El fallo determinó que los sobrecargos no solo afectaron a cada paciente en particular, sino que generaron una vulneración del interés colectivo, y argumentó que la multa también actúa como una «sanción ejemplificadora».

“Se rechaza el reclamo de ilegalidad presentado por Carlos Freude Moreno, en representación de Enel Distribución Chile S.A., en contra de la Resolución Exenta Nº 36.036, de 23 de mayo de 2024, dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, sin costas”, cerró la resolución.

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