Este dictamen pone en el tapete la validez de la causa que terminó con la condena y destrucción de la carrera política del senador Jorge Lavandero, en 2005, justo cuando este líder político preparaba su carrera presidencial al margen de la Concertación por la Democracia. En esta causa -que aparentemente también fue un montaje- el rol de Emilio Sutherland y Canal 13 fueron fundamentales.
Según reseña El Mostrador, en la reciente resolución -dictada por los magistrados María Teresa Barrientos (Presidente), Francisco Berríos y Francisco Lanas– se establece que la producción de En su propia Trampa dejó estacionado un auto “Suzuki Swift plateado año 2009, abierto y con las llaves en su interior, situación que fue aprovechada por los acusados Mario Cáceres y (el menor de edad) D. A. A. M., quienes abordaron el vehículo y se dieron a la fuga”.
Asimismo se afirma que “los hechos descritos no permiten configurar el delito de hurto simple, porque falta uno de los elementos del tipo penal, debido a que la apropiación no fue realizada en contra de la voluntad de su dueño”.
El fallo sostiene que, según la declaración de la propia supuesta víctima César Pérez, “dicho acto tenía por objeto probar el sistema de seguridad del vehículo por una investigación para un programa periodístico (…), descartando de esta manera la imputación efectuada por el Ministerio Público”.
En los inicios del juicio Pérez había afirmado que se encontraron con el robo mientras realizaban una grabación por Lo Barnechea. Pero en razón de las pruebas reunidas en la causa este profesional debió reconocer que todo había sido organizado por el programa de Canal 13 para que alguien se robara el auto y así poder grabarlo.
En su sentencia los jueces acogieron los planteamientos de la defensa –conformada por los juristas Luis Gálvez, Patricia Cisternas y Gonzalo Charmín– quienes sostuvieron que en el episodio descrito no existió delito dado que “es imposible configurar un delito de hurto, no solamente por las circunstancias del caso en el que era imposible materializar cualquier acción criminal o con apariencia criminal instigada intencionalmente para que ocurriera este suceso (…) porque eso significaba un rédito para el programa de televisión”.
En el citado dictamen se cuestiona severamente el proceder de Canal 13 y del programa de Sutherland: “se debe dejar establecido que el proceso penal, no es un proceso disponible para las partes, que los habilite a crear y aparentar realidades con el fin de perseguir a los delincuentes, gastando recursos que son escasos, dejando a las verdaderas víctimas vulnerables por la falta de seguridad y la lentitud con que las policías llegan a socorrerlas. En este procedimiento se puso en movimiento todo el aparataje estatal, para perseguir un delito creado por una supuesta víctima que tampoco era tal, con un fin netamente periodístico”.
Episodio Lavandero
Como se señaló en nota de este corresponsal publicada en revista Proceso de México (2010), el proceso contra Lavandero se llevó a cabo en medio de una amplia presión impulsada por los más importantes medios de comunicación chilenos. El ministro de la Corte Suprema, Alberto Chaigneau, consultado respecto del caso Lavandero a principios de 2005, respondió a los periodistas: “Qué me preguntan a mí, si ustedes ya lo juzgaron”.
El programa Contacto, de Canal 13 –perteneciente a la Universidad Católica de Chile–, filmó desde principios de 2003 hasta finales de 2004 el domicilio del senador Jorge Lavandero, en el poblado de Metrenco, casi 700 kilómetros al sur de Santiago. Además, entrevistó a decenas de personas, a muchas de las cuales les pagó para declarar contra el senador, como lo reconoció durante el juicio el periodista Emilio Sutherland, exdirector del equipo de Contacto.
Para hacer ese reportaje, el Canal 13 dispuso de un costoso aparato logístico que incluyó la renta de un helicóptero. Todo lo anterior constituía algo insólito en la televisión chilena, sobre todo considerando que en aquel periodo dicha estación registraba pérdidas operacionales que la tenían al borde de la bancarrota.
Pero al Canal 13 no le faltaron patrocinadores para esa empresa. La Barrick Gold, propietaria de importantes proyectos mineros en Chile, como Pascua Lama, contrató en 2004 espacios publicitarios por montos aún desconocidos. Eso sí, en los balances oficiales puede observarse que a partir de aquel año Canal 13 comenzó a salir vertiginosamente de la debacle económica en la que estaba sumido.
Contacto buscaba comprobar denuncias que implicaban a Lavandero en abusos sexuales de menores. Según consta en el proceso caratulado como causa RUC 0400157898-2 “caso Lavandero”, Sutherland sostiene que en agosto de 2003 “recibí una llamada de una persona de nombre Flavio Pérez, quien me contactó desde la Región de la Frontera (cuya capital es Temuco) y quien es propietario de un camping aledaño a la propiedad del senador Jorge Lavandero. No recuerdo cómo llegó a mí. Él me señaló que el senador abusaba de menores que llegaban a su parcela”.
Sutherland dice que en noviembre o diciembre de aquel año viajó a la zona, donde tuvo oportunidad de dar por ciertas las denuncias. Por lo mismo, se trasladó con su equipo de televisión a la zona.
Sutherland tuvo como principal informante a Gilda Concha, quien fue cuidadora de la casa de Lavandero de principios de 2001 hasta septiembre de 2003, cuando fue despedida tras comprobarse su participación en el delito de robo. En dicha ocasión, cuando la Policía de Investigaciones concurrió al lugar para indagar, Concha declaró que no sabía nada de los robos, pero aprovechó la ocasión para acusar al senador de haber abusado de su hija Sandy.
En el expediente consta que el cruce de llamadas telefónicas entre Sutherland y Concha no se inició en septiembre, sino en mayo de 2003, antes de que comenzaran las denuncias contra Lavandero. El fiscal Sergio Díaz fue el primero en investigar las denuncias por abusos deshonestos contra el parlamentario. Ubicó a Sandy en el pueblito La Esperanza, a 100 kilómetros de Metrenco. La menor declaró que a Lavandero poco lo conocía y que nunca le hizo “tocaciones” con contenido sexual.
Díaz recabó antecedentes respecto de otras menores que, según Concha, fueron abusadas por Lavandero, pero no obtuvo nada que lo inculpara, por lo que decidió cerrar las indagatorias. La fiscal regional Esmirna Vidal nombró a otros dos fiscales con el fin de que indagaran a Lavandero, pero ninguno de ellos obtuvo pruebas en su contra.
Entonces una de las principales detractoras de Lavandero, la jefa regional del Servicio Nacional de Menores, Blanca Beraud, en compañía de Sutherland, se reunió con el subsecretario de Justicia, Jaime Arellano, con el fin de que se designara otro fiscal. Arellano entregó los antecedentes al fiscal nacional Guillermo Piedrabuena, quien en octubre de 2004 nombró a Xavier Armendáriz, a pesar de que éste todavía no juraba como fiscal.
Muchas de las personas que participaron en las acusaciones contra Lavandero, como Beraud, habían sido denunciadas en 2002 por éste ante la Contraloría de la República por ser partícipes de delitos de corrupción. Respecto de Beraud, Lavandero señaló que había adulterado su título de abogada. Además, el senador denunció que Beraud, entonces directora del Servicio Nacional de Menores, cobró honorarios como funcionaria de otras reparticiones fiscales por trabajos que no hacía, lo cual fue acreditado por la Contraloría.
La trampa
Contacto dio el golpe letal contra Lavandero. El 13 de enero de 2005 transmitió un programa especial sobre las acusaciones contra el entonces senador. Según afirma Lavandero en el libro Desde la cárcel (2010), “frente a la frustración de no haber podido encontrar nada en mi contra (en dos años de filmaciones), el periodista Sutherland programó un montaje coludido con la que fuera la cuidadora de mi parcela de Metrenco (Gilda Concha)”.
Cuenta: “La ocasión era propicia. Se trataba de un 19 de diciembre, antes de la Navidad. Le pidieron a la niña (Ivonne) que telefoneara al supuesto abusador y que fuese a mi casa con el pretexto de entregarme un regalo, una muñeca, supuestamente fabricada por ella, y aun cuando teníamos otros compromisos, nos vimos obligados con mi secretario a detener el auto y recibir el regalo. Ahí ingenuamente caí en la trampa. Ya que sin tener con qué retribuirle la invité a almorzar. A las 3 pm, una vez que terminaron de servirnos el almuerzo, le señalé que debía volver a Temuco para cumplir compromisos en la oficina. Al salir, Ivonne me dijo que quería pasar por delante de la casa frente al río. ‘Esta bien’ dije, sin imaginar que todo estaba preparado por Canal 13”.
Las imágenes que allí se captaron fueron las únicas que supuestamente implicaban a Lavandero, a pesar del largo periodo durante el que fue espiado. Pero se convirtieron en la base del juicio público que sepultó su carrera política. En ellas aparece dándole una palmada o caricia en el trasero a la menor mientras caminaban por fuera de su domicilio. La imagen sólo se transmitió en cámara lenta.
Según señaló el académico de la Universidad de Santiago, Héctor Toledo, en su artículo Un montaje en escena, en el reportaje de Contacto “se usó una música subliminal con sonidos guturales, golpes de gong con aullidos lejanos, gruñidos como de perros o cerdos, asociados a la figura del senador (…) Este video, sin lugar a dudas, es un panfleto injurioso, laboriosa y delictualmente trabajado”.
Cuando el 24 de enero de 2005 el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Raúl Rocha –quien acogió una querella de Lavandero por invasión a su privacidad contra Canal 13– solicitó a la estación televisiva la cinta maestra con las grabaciones hechas para la edición de Contacto, el canal respondió que éstas habían sido desechadas. De esta forma, las imágenes nunca pudieron ser vistas sin ser editadas.
El hermano de Ivonne, Eduardo Ormeño Herrera, sostuvo en una declaración jurada con fecha de 30 de mayo de 2005 “que las acusaciones hechas por mi madre y mi hermana Ivonne en contra del señor Lavandero son totalmente falsas, debido a que (Concha) está siendo presionada por los fiscales”. Según Lavandero, el equipo de Canal13 habría incurrido en un grave delito al haberle enviado una menor a su hogar, porque “si yo efectivamente hubiese sido un abusador, el haberme enviado una menor a mi casa hubiera facilitado la existencia de un delito”.
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El jurista José Galiano, autor de libros sobre derechos humanos que son considerados clásicos en la materia, sostiene en el prólogo de Desde la cárcel “que, aun en el caso que Lavandero hubiera tocado a Ivonne, tal hecho no sería constitutivo de delito de abuso sexual a menores, tipificado en el artículo 336 bis del Código Penal”. Fundamenta: “El abuso sexual físico contra menores exige perentoriamente que los escarceos físicos que impliquen contacto corporal requieren relevancia y significación sexual. Ningún abogado medianamente responsable puede atribuir a cualquier contacto físico, entre adultos o entre adultos y un menor, el carácter de abuso deshonesto, sin que se acredite la manifiesta intención erótica y sexual de dicho acto”. En el expediente de la causa ninguna de las acusaciones contra Lavandero señalan las posibles fechas y horas en que los supuestos delitos se habrían cometido.
Galiano destaca que Lavandero, en sus 58 años de vida adulta, nunca ha dejado de tener una pareja. “Ha tenido tres matrimonios y dos uniones de convivencia, mujeres con las cuales ha tenido siete hijos”. En un informe de mayo de 2005, la Corte Suprema sostuvo que Lavandero nunca fue acusado ni juzgado por delito alguno antes de 2004. De esta manera desmintió a Armendáriz, quien en sus continuas alocuciones ante la prensa señaló que este parlamentario registraba desde 1960 acusaciones por delitos de abusos sexuales.
Carolina Chávez, otra de las menores que declararon a Contacto y ante el fiscal Armendáriz, fue embarazada por el camarógrafo de ese programa, Raúl Castillo. Esto sucedió durante el mismo periodo en que se hacían elocuentes declaraciones contra el parlamentario, que fueron transmitidas en ese programa y formaron parte del expediente que derivó en la condena de Lavandero. Fruto de esa relación nació una bebé que fue bautizada como Belén. Canal 13 nunca se ha manifestado respecto de ese tema.
El fiscal Armendáriz, por su parte, se negó a investigar ese hecho, a pesar de que perfectamente hubiera podido acreditar la existencia de estupro o violación de una menor. Esto, evidentemente, revestía mayor gravedad que las acusaciones que Carolina Chávez hacía contra Lavandero, que se referían a “tocaciones”, no a la existencia de una violación, delito que se hubiera podido probar fehacientemente.
Durante una entrevista con este corresponsal, Lavandero sostuvo que Armendáriz “no tenía ninguna prueba para ir al juicio oral, a pesar de que había dicho a la prensa que tenía todas las pruebas en mi contra. Por eso articuló un juicio abreviado, donde no se requieren pruebas, sino que basta con un acuerdo entre las partes”.
Expresa, además, que “cuando Armendáriz se percató que no tenía pruebas en mi contra en el proceso llevado a cabo en Temuco, abrió un libro de acusaciones en Santiago para que todos quienes quisieran pudieran estampar su reclamo. De ahí salieron los testigos de contexto, que lanzaron acusaciones que nunca habían hecho judicialmente de las que yo no podía defenderme. A pesar de que esto es abiertamente inconstitucional, la juez Georgina Gutiérrez lo aceptó”.