Padre del cabo Florido se querelló contra jueces que liberaron al imputado por homicidio: «Lo que pretendo es que se haga justicia»

El padre señaló que espera que "se haga justicia y que ojalá (los jueces cuestionados) no puedan ejercer más o que no tengan este tipo de responsabilidades" y aseguró que buscará "todas las alternativas que sean necesarias para que los culpables paguen".

Padre del cabo Florido se querelló contra jueces que liberaron al imputado por homicidio: «Lo que pretendo es que se haga justicia»

Autor: Leonardo Buitrago

Juan Carlos Florido, padre del cabo de Carabineros David Florido – asesinado en junio pasado -, se querelló contra los magistrados de la Corte de Apelaciones de Santiago por conceder la libertad condicional contra la persona que estaba imputado por homicidio.

«Lo que pretendo es que se haga justicia», señaló Juan Carlos, sentenciando que «aquí hay un autor material que cometió el homicidio, pero yo sé que los responsables del crimen de mi hijo fueron jueces que le dieron el beneficio a esa persona», refiere Cooperativa.

«Cuando un carabinero se equivoca, le aplican una sanción, lo dan de baja o le aplican una pena, pero ¿quién se preocupa cuando los jueces se equivocan?, mi lucha es esa», añadió el padre del cabo Florido.

El padre espera que «se haga justicia y que ojalá (los jueces cuestionados) no puedan ejercer más o que no tengan este tipo de responsabilidades» y aseguró que buscarán «todas las alternativas que sean necesarias para que los culpables paguen».

Cabe recordar que, el sujeto identificado con las iniciales J.G.Q., se encontraba recluido desde hace cinco años, cumpliendo una condena de ocho años totales por un robo con violencia e intimidación.

Debía salir de la cárcel en el año 2024. Sin embargo, desde el 23 de diciembre del 2021 se encontraba en libertad vigilada, luego que la Corte de Apelaciones acogiera un recurso de amparo.

Semanas antes de que la defensa del imputado presentara el recurso ante la Justicia, y con el estatus de “buena conducta” que logró en el recinto penal luego de ser trasladado desde la expenitenciaría, intentó postular a la libertad condicional; acción que fue denegada por la comisión respectiva.

¿Qué dice la querella del padre de Florido?

La querella fue admitida este jueves por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por el delito de prevaricación judicial en contra de la ministra (s) Andrea Díaz y el abogado Eduardo Jequier.

Ambos integraban la sala y dieron la mayoría para otorgar el beneficio en 2021. La querella también es en contra de quienes resulten responsables.

En la querella se establece que los integrantes de la sala del tribunal de alzada que accedieron a la solicitud de González Quezada no habrían tomado en cuenta lo expuesto por la Comisión de Libertad Condicional, entidad que el 15 de octubre había rechazado la petición, de acuerdo al citado medio.

«En el respectivo informe la comisión señaló que si bien el interno cumplía con los requisitos formales para postular a este beneficio, los antecedentes tenidos a la vista por la comisión daban cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaban otorgarle el beneficio solicitado», dice el escrito del recurso de la Comisión de ese entonces.

El documento presentando al Juzgado se manifiesta que, durante la investigación, se presentaron diferentes documentos , que evidenciaban que el imputado presentaba «un riesgo medio de reincidencia delinctual, con necesidades criminógenas medias en educación, empleo, historial delictual y pares».

Lo anterior, ya que «ha presentado socialización con pares antisociales desde la adolescencia, por lo que si bien reconoce el delito y su participación y no presenta una tendencia a favor del ilícito como una forma de validación económica, y muestra una actitud favorable a normas y convenciones sociales, se estima que resulta necesario un mayor periodo de observación de los permisos de salida dominical y de fin de semana del cual goza el interno, a fin de evitar el riesgo de reincidencia».

Sin embargo, para el padre del carabinero, los argumentos emitidos por la Comisión, para su libertad vigilada, no estaban justificados, por lo que se presentó la querella.

«En una escueta sentencia, la Novena Sala utilizó un argumento formal para acoger el recurso de amparo: sostuvo que la comisión había excedido el ámbito de sus facultades. La sentencia no contiene otros argumentos de fondo, sino que básicamente se sustenta en la idea de que la comisión no puede ponderar el cumplimiento del tercer requisito del DL 321», plantean en la querella.

Ahora, corresponde al Ministerio Público realizar las diligencias correspondientes para aclarar si hubo o no negligencia en el actuar de los magistrados.


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