Padres que impidan vínculo de hijos con el otro progenitor podrían arriesgar cárcel

Iniciativa busca hacer frente a habitual práctica que llevan a cabo algunos progenitores cuando se produce una separación y que vulnera el derecho de los niños y niñas a mantener una relación con ambos padres.

Padres que impidan vínculo de hijos con el otro progenitor podrían arriesgar cárcel

Autor: Daniel Labbé Yáñez

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El pasado 13 de julio el diputado y presidente de la Comisión de Familia de la Cámara, Ramón Farías, ingresó al parlamento un proyecto de ley que busca establecer sanciones concretas contra los padres o terceros que incumplan o entorpezcan el régimen de relación directa y regular (visitas) de un niño o una niña con uno de sus progenitores. Esto, en los casos en que dicho régimen esté regulado a través de una mediación familiar o de una resolución judicial. La pena a la que se exponen quienes sean sancionados es la de presidio menor en su grado mínimo, es decir, aquella que va de los 61 a los 540 días de cárcel.

El proyecto intenta hacer frente a una práctica reiterada en algunos casos de separaciones de parejas o matrimonios, en donde el progenitor que ostenta la tuición del o los hijos -generalmente la madre- impide sistemáticamente la vinculación de éstos con el otro padre, afectando con ello a este último y vulnerando el derecho de los niños y niñas.

En ese sentido, la iniciativa sostiene que «el derecho de los niños y niñas a tener una relación directa y regular con sus progenitores se encuentra reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño», consignando que ésta establece en su Artículo 9 N° 3 “la obligación de los Estados partes a respetar el derecho del niño que se encuentre separado de uno o ambos padres, a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos de modo regular, salvo que ello sea contrario al interés superior del niño».

Imagen separación hijos

Sin castigo

La iniciativa cuenta con el apoyo de Aderhi, agrupación que vela por los derechos de los hijos e hijas de padres separados. Christian Sandoval, su director, señala que «es un muy buen avance poder sancionar y tipificar como delito la obstrucción del vínculo, porque las leyes actuales están más bien orientadas a los adultos y no a los menores, es decir, no vemos el bien superior de los niños».

«Esta ley va justamente a fomentar y a fortalecer el bien superior del niño, porque es él quien necesita un contacto directo con ambos padres, que necesita que esos dos pilares fundamentales estén siempre presentes», enfatiza Sandoval. «Esto va a cambiar la conciencia de la gente», agrega el director de Aderhi, quien explica que hoy cuando el padre custodio del niño o niña no entrega el menor al otro padre «simplemente no queda castigado o a lo más lo castigan con una UTM, por lo tanto económicamente es muy fácil».

Algo consignado justamente en el proyecto de ley, el que plantea que «el ejercicio de este derecho es muy manipulado por los progenitores, ya que en caso de incumplimiento o entorpecimiento, éstos saben perfectamente que sólo llegarán como condena máxima al pago de una multa».

Diputado Farías junto a directiva de Aderhi

Diputado Farías junto a directiva de Aderhi

El proyecto de ley busca sancionar igualmente los «incumplimientos» en los que incurra quien no tiene el cuidado de un hijo o hija, pero puede visitarlo. Esto, en caso de que este no concurra a las visitas establecidas, o si -en caso de que efectivamente lo haga- la lleve a cabo «en condiciones no idóneas para cuidar del niño o niña» (ebrio o enfermo, por ejemplo). También se le sancionará cuando no cumpla con los tiempos establecidos y en caso de que se use el régimen para otros fines, donde se produzca una agresión física o psíquica de un niño o niña o se le obligue a trabajar, por nombrar algunas situaciones.

Las «acusaciones falsas»

La iniciativa entiende como «entorpecimiento» cuando quien tiene el cuidado personal del niño o niña obstaculiza, de manera injustificada, el contacto de éste con su progenitor, con su abuelo o su abuela no entregándolo en los términos establecidos. Sin embargo, también suma como parte de esa acción el retraso o modificación de su entrega, cambiando los días establecidos para las visitas «e incluso predisponiendo al niño o niña en contra del otro progenitor o de sus abuelos», indica la iniciativa.

Respecto a esto último, Christian Sandoval apunta que creen necesario realizar algunas indicaciones al proyecto, principalmente en cuanto a sancionar las llamadas «acusaciones falsas» que realizan las madres o padres con la intención de dilatar el proceso judicial y de vinculación, o de distanciar al otro progenitor del niño o niña. Imputaciones que van desde atribuirle actos violentos a uno de ellos, hasta lisa y llanamente sindicarlo como abusador sexual de sus propios hijos o hijas.

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El director de Aderhi explica que es habitual que antes de una separación no exista este tipo de acusaciones, pero que al momento de comenzar un proceso judicial en tribunales empiecen a surgir. Sandoval sostiene que si bien la idea no es castigar todas las acusaciones, porque algunas podrían efectivamente dar cuenta de algún tipo de abuso, es necesario «buscar alguna forma de llegar a un consenso para poder demostrar y sancionar -no es fácil, es engorroso- aquellas acusaciones donde producto de litigios, por venganza, yo te demando, yo te acuso».

En ese sentido, Christian hace hincapié en que cuando ello ocurre «esos menores pasan por tremendos dolores, porque son investigados en todos lados, en el Servicio Médico Legal, por peritos, y esos niños son abusados por el mismo progenitor que emitió la denuncia».


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