Derivado del caso de la activista Cecilia Monzón Pérez, quien fue asesinada el pasado 21 de mayo en San Pedro Cholula, y tras la pugna legal que emprendió su familia para obtener la custodia de su hijo; la diputada Mónica Silva Ruiz (PT) propuso suspender o revocar la patria potestad de un menor cuando su padre enfrente un juicio por el feminicidio de la madre.
La pérdida de la custodia se formalizaría cuando el titular sea condenado por el delito; en tanto, la suspensión se otorgaría cuando el responsable sea vinculado a proceso por el delito para que los menores puedan permanecer en espacios seguros, mientras se desahogan las pruebas.
En sesión permanente, se presentó una iniciativa para reformar el Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla; en específico la fracción I del Artículo 629, las fracciones III y IV del Artículo 633, y el Artículo 634; también adicionar la fracción I Bis al Artículo 628, y la fracción V al Artículo 633.
Además, pidió modificar el Artículo 338 Quater y adicionar el párrafo tercero al artículo 338 Bis y un segundo párrafo al artículo 338 Ter, todos del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, para sancionar de tres a ocho años de prisión a los funcionarios que sean omisos o entorpezcan alguna investigación.
En su exposición, Silva Ruiz señaló que aún existen pendientes en la actualización de las leyes para identificar y sancionar el delito de feminicidio, sobre todo de tipo civil y penal, pues no contemplan todas las condiciones que surgen una vez que se consuma el crimen.
“Deben realizarse las modificaciones normativas necesarias que aseguren al menor, la protección plena desde el momento en que pierde a su madre. (…) No hace falta mucho para empatizar y entender que vivir y permanecer bajo la patria potestad del agresor no contribuirá, en ningún sentido, a que las y los menores huérfanos puedan sanar y mucho menos desarrollarse plenamente”
Mónica Silva Ruiz
Diputada del PT
Con la voz entrecortada, recordó a la abogada Cecilia Monzón, a quien, desde el pleno, le agradeció por luchar a favor de las mujeres en este tipo de situaciones y en todos aquellos casos en los que fueron víctimas de violencia y desigualdades.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
Para más información: Congreso de Puebla busca impulsar Ley Monzón; suspenderán patria potestad por feminicidios
Helena Monzón apoya la iniciativa
Helena Monzón, hermana menor de la abogada y activista Cecilia Monzón, apoyó la iniciativa de la diputada Mónica Silva Ruiz para reformar el Código Civil de Puebla para suspender o revocar la patria potestad de un menor cuando su padre enfrente un juicio por el feminicidio de la madre.
A través de sus redes sociales, confió en que los 41 integrantes del Congreso del Estado de Puebla apoyarán las modificaciones de ley, a través de la aplicación de la perspectiva de género en la impartición de justicia.
“Y que sea el primero [el Congreso] de muchos grandes avances para la niñez víctima de violencia de género”, escribió en su cuenta de Twitter.
¿Qué dice la Ley Monzón?
De acuerdo con las modificaciones de ley, se agregará la sección I Bis al Artículo 628 del Código Civil para que los agresores pierdan los derechos de la patria potestad de los menores cuando “el titular de ella sea condenado por delito de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes”.
Estos derechos serán suspendidos “por auto de vinculación a proceso dictado por delito de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a patria potestad”, de acuerdo con la adición de la fracción V al Artículo 633.
Además, les brindará nuevas facultades a los jueces del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), al reformar el Artículo 634, pues podrán “modificar el ejercicio de la patria potestad o custodia cuando la tenga decretada judicialmente, ya sea provisional o definitiva sobre ellos”, siempre que sea en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.
Las más importantes será: “Cuando exista auto de vinculación a proceso dictado por delito de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a patria potestad”.
También contempla que los jueces modifiquen el ejercicio de la custodia “Cuando quien la ejerce realice conductas reiteradas para evitar la convivencia de las niñas, niños y adolescentes con la persona o personas que tengan reconocido judicialmente su derecho a la misma”.
Asimismo, con las reformas al Artículo 338 Bis de Código Penal se le impondrá una pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a mil 500 días multa, “a quien dolosamente en el ejercicio de una función pública propicie, promueva o tolere la impunidad; así como omita, retarde o entorpezca la investigación, persecución y sanción del delito”:
Y añade “además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión en el servicio público”.
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