¿Quién es Ana María Osorio?, la ministra que reemplazará a Romy Rutherford en la investigación del Fraude en el Ejército

El Caso Fraude en el Ejército. con sus más de 40 aristas, pasará a partir del 4 de septiembre de 2023, a manos de Ana María Osorio, quien juró como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago en diciembre de 2022.

¿Quién es Ana María Osorio?, la ministra que reemplazará a Romy Rutherford en la investigación del Fraude en el Ejército

Autor: Leonardo Buitrago

En una decisión dividida, la Corte Suprema, rechazó la solicitud del Consejo de Defensa del Estado para prorrogar, por 6 meses más, la designación de la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Romy Rutherford Parentti, a cargo de la investigación del denominado Caso Fraude en el Ejército.

«Teniendo en consideración que esta Corte, con fecha 12 de diciembre de 2022, autorizó la prórroga de la designación de la Ministra señora Rutherford por el término de seis meses en forma improrrogable y que dado el próximo vencimiento de dicha designación se efectuó el sorteo para la designación de una nueva integrante de la Corte Marcial, no ha lugar» a una nueva prórroga, señala la resolución emanada del máximo tribunal.

De esta manera, el caso, con sus más de 40 aristas, pasaría ahora, a partir del 4 de septiembre de 2023, a manos de Ana María Osorio, jueza que juró como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago en diciembre de 2022

¿Quién es Ana María Osorio?

Abogada de la Universidad de Chile, Ana María Osorio ingresó al servicio judicial en noviembre de 1996 como oficial segunda del Juzgado de Letras de Colina. En 2002 asumió el cargo de oficial cuarta del 22° Juzgado Civil de Santiago, llegando como relatora a la Corte de Apelaciones de Santiago en el año 2004.

En octubre de 2005 fue nombrada jueza del 1° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la jurisdicción. Asimismo se desempeñó en diversos cargos temporales como relatora suplente en la Corte Suprema y ministra suplente en la Corte de Santiago.

En diciembre de 2022 juró como ministra titular del tribunal de alzada capitalino en la vacante generada por el cese de funciones de Gloría Solís Romero.

Conflicto de la ministra Osorio con vecinos del edificio donde vive

Un reportaje publicado por Interferencia, la ministra Osorio es parte del comité administrativo de un edificio y mantiene en estos momentos un duro conflicto con los habitantes del condominio, quienes la acusan de malos tratos, mala gestión en la administración, falta de transparencia en las cuentas, despidos innecesarios, , consecutivas alzas en gastos comunes, gastos arbitrarios en abogados y pagos de indemnizaciones entre otros aspectos.

De hecho, la administración se querelló contra un grupo de vecinos que hizo una asamblea extraordinaria acusándolos de falsificación y uso malicioso de instrumento público, .

Adicionalmente, un Juzgado de Policía Local ordenó realizar una asamblea y entregar cuentas, pero la administración apeló a esa decisión, de manera que ese recurso se encuentra en trámite en la Corte de Santiago, donde Osorio es ministra. 

Interferencia consultó a la Corte de Apelaciones para conocer si esta institución considera que hay algún conflicto de interés tomando en cuenta que el recurso de apelación mencionado se encuentra en la misma Corte donde la ministra trabaja.

Al respecto, respondieron: “Se trata de un asunto privado; que la ministra Ana María Osorio sea parte del comité, no tiene nada que ver con su investidura, ella es copropietaria, (…) y tiene el derecho a ser parte del comité si es elegida como cualquier otro copropietario y este puede ser cambiado por los vecinos de acuerdo con el procedimiento legal”.

Además agregaron que “los eventuales conflictos entre la administración, comité y vecinos son de competencia del Juzgado de Policía Local, así lo prevé la ley de copropiedad, por lo que la existencia de denuncias es algo habitual en todo condominio”, mencionando además que “la ministra hasta ahora no tiene obligación de inhabilitarse, salvo que el asunto eventualmente llegue a ser conocido en la sala que ella integra; de ser así, el Código Orgánico de Tribunales, en sus artículos 195 y 196, establece los mecanismos de inhabilitación. Hasta ahora a ella no le ha correspondido conocer o resolver nada sobre ese caso”.

Lee el reportaje completo ACÁ.

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