El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó el sábado 11 de junio al sargento de Carabineros, Jorge Patricio Ramírez Cartes, a la pena de 3 años y un día, como autor de un delito consumado de abuso sexual en perjuicio de la niña S.C.E.Z., ocurrido en Hualpén en marzo de 2014.
No obstante, por reunir los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituyó al sentenciado el cumplimiento de la pena por la de «libertad vigilada intensiva» por igual término que el de la pena privativa de libertad, debiendo presentarse ante Gendarmería para su control y con la prohibición de aproximarse a la víctima.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, al condenado las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y la de derechos políticos, mientras dure la condena y a pagar las costas de la causa.
También se le prohibió ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y a la sujeción de la autoridad durante los 10 años siguientes del cumplimiento de la pena principal, por lo que deberá informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual y a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Asimismo, una vez que la sentencia quede ejecutoriada, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica para determinar la huella genética de los sentenciados y su incorporación al registro nacional de ADN de condenados.
Respecto a la pena sustitutiva impuesta, se estableció que si esta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su caso, se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas.
Por otro lado, el tribunal acogió la demanda civil presentada por la madre de la menor en contra de Ramírez Cartes, quien deberá pagar la suma de 7 millones de pesos como indemnización del daño moral causado, cifra que se reajustará de acuerdo a la variación del IPC e intereses, hasta el momento que se concrete la cancelación.
Según se comprobó en la audiencia, el 18 de marzo de 2014 el sujeto realizó actos de connotación sexual en perjuicio de la menor, aprovechando que convivía con la madre de esta en la comuna de Hualpén.
Fuente: pjud.cl