Sentencia por crimen de lesa humanidad será publicada en medios nacionales tras desaparición de trabajador de Endesa

El dictamen de la Corte de Apelaciones equivale a una segunda medida de reparación para los familiares de la víctima, después de los 320 millones de pesos que recibirán como indemnización.

Sentencia por crimen de lesa humanidad será publicada en medios nacionales tras desaparición de trabajador de Endesa

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la publicación en un diario de circulación nacional, como medida de reparación integral, de la sentencia en la parte relativa a la condena por el delito de secuestro calificado del trabajador de Endesa, José Abel Coronado Astudillo.

En fallo unánime (causa rol 1.465-2023), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, Isabel Margarita Zúñiga y la abogada (i) Paola Herrera– confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $320.000.000 por concepto de daño moral, a los hermanos de la víctima, quien laboraba en la central hidroeléctrica El Abanico y fue detenido el 17 de septiembre de 1973, fecha desde la cual se ignora su destino y paradero.

La Corte emitió su dictamen tras revisar la sentencia que había dictado el 20º Juzgado Civil de Santiago, en el marco de una demanda indemnizatoria contra Enel, sucesora de Endesa, la Empresa Nacional de Electricidad.

En primera instancia, la justicia solo había acogido el pago de la reparación económica, rechazando la publicación del extracto del fallo, lo que fue finalmente revertido por el tribunal de alzada capitalino.

El fundamento de la resolución, se ajusta a una resolución de la Organización de Naciones Unidas (ONU) vinculada con la Convención Americana de Derechos Humanos.

“Que los demandantes a título de reparación integral solicitan también el reconocimiento público de que su hermano –José Abel Coronado Astudillo– fue víctima de un delito de lesa humanidad, condenado al Fisco de Chile a publicar en un diario de circulación nacional los hechos sustanciales fallados en la causa penal antes citada, con expresa mención que las víctimas fueron trabajadores de Endesa. Lo anterior de acuerdo a lo regulado en la Resolución de Naciones Unidas sobre Principios y Directrices Básicas, en relación con el artículo 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos”, plantea el fallo.

El dictamen equivale a una segunda medida de reparación para los familiares de José Coronado Astudillos, ya que aparte de la indemnización económica  en la difusión de la sentencia en un diario de circulación nacional,debe mencionarse que el trabajador de la entonces empresa estatal fue víctima de delitos de lesa humanidad, llo que tiene como fin satisfacer «el derecho de reparación integral de las víctimas lo que contribuye también a la memoria colectiva en beneficio de la comunidad toda»

“Que conforme a lo señalado, habiéndose acogido la demanda contra el Fisco de Chile se hará lugar a lo demandado en cuanto a publicar en un Diario de circulación nacional un extracto de la sentencia penal condenatoria dictada en la causa Rol N° N° 2.182-98, episodio Endesa, por el Ministro de Fuero don Jorge Zepeda Arancibia, en lo que diga relación con la víctima José Abel Coronado Astudillo y las circunstancias de su detención y desaparición forzada, como trabajador de la empresa Endesa, el 17 de septiembre de 1973, según los hechos asentado en dicho fallo y las modificaciones introducidas por la sentencia de segunda instancia dictada en la causa Rol N° 105-2011, de 25 de octubre de 2013”, indicó el tribunal de alzada.

“Por estas consideraciones y de conformidad a lo que disponen los artículos 160 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de treinta de noviembre de dos mil veintidós, dictada en la causa Rol C 26506-2017, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, solo en cuanto por ella se rechaza en el numeral IX de la parte resolutiva la solicitud de publicación de la sentencia penal condenatoria del secuestro calificado de José Abel Coronado Astudillo, y en su lugar se declara que esa pretensión queda acogida en los términos dichos en el motivo Sexto de este fallo”, ordenó.

Reparación simbólica por desaparición de trabajador de Endesa

Para el abogado de los hermanos Coronado, Roberto Celedón, señaló que se trata de una reparación simbólica, que se suma a la indemnización económica fijada.

Destacó que se trata de un fallo histórico porque es el primero, y recordó la multiplicidad de ocasiones en que fue solicitada esta reparación simbólica.

En declaraciones a Radio Biobío explicó que puntualmente, lo que se instruye es “publicar en un Diario de circulación nacional un extracto de la sentencia penal condenatoria dictada por el ministro Jorge Zepeda, en lo que diga relación con la víctima José Abel Coronado Astudillo y las circunstancias de su detención y desaparición forzada, como trabajador de la empresa Endesa, el 17 de septiembre de 1973”.


Comenta



Busca en El Ciudadano