La Corte Suprema condenó a 10 ex miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del matrimonio formado por Bernardo Araya Zuleta (64), ex diputado del Partido Comunista, y su esposa María Olga Flores Araya (60), crimen perpetrado a partir del 2 de abril de 1976.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia impugnada que condenó a Pedro Espinoza Bravo, Carlos López Tapia, Ricardo Lawrence Mires, Pedro Bitterlich Jaramillo, Jorge Díaz Radulovich, Orlando Altamirano Sanhueza, Orlando Torrejón Gatica, Clara Barros Rojas y Guillermo Díaz Ramírez a 5 años y un día de presidio, en calidad de coautores del delito.
En la etapa de investigación de la causa caratulada como «Caso Conferencia 2» el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, estableció que los mencionados agentes de la DINA llegaron hasta la casa que el matrimonio tenía en la comuna de Quintero para detenerlos y trasladarlos al recinto donde se mantenía a los miembros de la cúpula del Partido Comunista en la comuna de Independencia. El ministro sostiene que allí Bernardo Araya «fue sometido a interrogatorios y torturas acerca de la identidad de otros militantes y lugares de reunión».
Desde entonces se desconoce el actual paradero de la pareja.
Los organismos de seguridad y autoridades de la época -«en orden a ocultar el real paradero o destino de las víctimas», apunta el juez- informaron oficialmente que Araya y Flores «registraban salida del país con destino a Argentina, por el paso Caracoles el 7 de abril de 1976 y que no habían sido detenidos ni se habían despachado órdenes de detención en su contra, información que fuera desmentida por las instituciones correspondientes del vecino país, resultando falsa».
En el aspecto civil, se confirmó que el fisco debe pagar una indemnización total de $790.000.000 a familiares de la víctima.