Suprema declara admisible recurso de amparo de Jorge Valdivia

La acción judicial presentada por la defensa de Valdivia busca que el exfutbolista deje la prisión preventiva y pase a arresto domiciliario nocturno.

Suprema declara admisible recurso de amparo de Jorge Valdivia

Autor: Leonardo Buitrago

Este martes, la Segunda Sala de la Corte Suprema declaró admisible el recurso de amparo presentado por la defensa del exfutbolista Jorge Valdivia.

Con esta acción legal buscan que nuevamente la Corte de Apelaciones de San Miguel revise sus cautelares y, eventualmente, se pueda revocar la prisión preventiva que el exjugador -imputado por dos delitos de violación y dos de abuso sexual- cumple actualmente en la cárcel de Rancagua, en la región de O’Higgins, y regrese a arresto domiciliario nocturno.

Cabe recordar que el pasado 4 de diciembre, el tribunal de alzada declaró inadmisible ese mismo recurso de amparo, presentado por la abogada Paula Vial, quien argumentó que la máxima cautelar había sido decretada en un «actuar ilegal y arbitrario de la Corte de Apelaciones de Santiago», y que incluso esta confundió «los antecedentes de ambas denunciantes», cuando determinó que el exseleccionado nacional debía esperar su juicio en la cárcel, por considerarlo un peligro para seguridad de la sociedad.

La Corte de Apelaciones de San Miguel declaró inadmisible esta acción legal, bajo el argumento de que no es posible que un tribunal de igual jerarquía revise lo resuelto por otro tribunal del mismo nivel.

“No resulta procedente recurrir por la vía de una acción cautelar respecto de lo resuelto por una Corte de Apelaciones ante otro tribunal de igual jerarquía y distinta jurisdicción, para que esta última revise el mérito de dicha decisión. De hacerlo, significaría darle competencia impropia como tribunal superior, lo que afecta seriamente las reglas sobre competencia contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía, y puede constituir seriamente una vulneración del artículo 7° de la Constitución Política de la República”, indicó en su resolución.

Asimismo, señaló que aceptar el recurso iría contra las reglas fundamentales del sistema judicial, permitiendo una revisión inapropiada de decisiones y alterando el propósito y orden del proceso legal.

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Sin embargo, el máximo tribunal resolvió este martes que «de los antecedentes del recurso aparece que la situación allí descrita sí constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida».

Bajo este argumento, decidió revocar «la resolución apelada de 4 de diciembre de 2024, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, (…) por la cual se declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, y en su lugar se dispone que aquella es admisible».

Con esto, una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel deberá «darle la tramitación que en derecho corresponda. A fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido».

Cabe señalar que, por el momento, se desconoce la fecha en que se realizará la audiencia.


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