Suprema rechaza recurso de nulidad y ratifica presidio perpetuo contra femicida de Carolina Fuentes Bustos

Ricardo Neira Arriegada, que fue procesado por Fiscalía con la agravante de alevosía, deberá pasar al menos 40 años en la cárcel para poder optar a algún beneficio intrapenitenciario.

Suprema rechaza recurso de nulidad y ratifica presidio perpetuo contra femicida de Carolina Fuentes Bustos

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte Suprema rechazó un recurso de nulidad presentado por su defensa y confirmó el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Chillán (TOP) que condenó a Ricardo Neira Arriagada a presidio perpetuo calificado, por femicidio íntimo, contra Carolina Fuentes Bustos, hecho ocurrido en junio de 2020 en la ciudad de Chillán.

Neira, que fue procesado por Fiscalía con la agravante de alevosía, deberá pasar al menos 40 años en la cárcel para poder optar a algún beneficio intrapenitenciario, tal y como decretó el pasado 28 de julio la Tercera Sala del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Chillán.

La defensa del condenado alegó que el fallo incurría en infracciones al debido proceso, causal que es de competencia del máximo tribunal, y, en subsidio, acusó que la sentencia contenía incongruencias entre lo acusado por la Fiscalía y lo acreditado por el TOP de Chillán.

El 12 de septiembre se realizaron los alegatos en la Suprema, oportunidad en el que fiscal Álvaro Hermosilla Bustos rebatió ante los ministros de la sala penal dichos argumentos y el máximo tribunal acogió íntegramente la tesis de la Fiscalía, dejando a firme la sentencia condenatoria.

Femicidio de Carolina Fuentes Bustos

El crimen ocurrió en junio de 2020, cuando Carolina Fuentes Bustos, de 42 años, se trasladó desde Santiago hasta Ninhue, región de Ñuble, estando en el domicilio del homicida, en la comuna de Portezuelo entre el 25 y 30 de ese mes.

Durante el último día, ambos sostuvieron una discusión. Tras subir a la camioneta de Ricardo Neira, éste la asfixió hasta causarle la muerte «por una compresión mecánica cervical externa», precisó el fallo.

Posteriormente, la víctima estuvo desaparecida por 95 días, desde el 30 de junio de 2020 hasta el 5 de octubre de ese año, cuando su cuerpo fue encontrado en la ribera norte del río Ñuble.

Durante el juicio el fiscal Álvaro Hermosilla Bustos expuso la situación de violencia permanente que ejercía el condenado sobre la víctima y sus acciones desplegadas tras la muerte, lo que implicó esconder su cuerpo e, incluso, implantar pruebas falsas.

En el fallo del TOP de Chillán quedó establecido que «el imputado ejerció violencia intrafamiliar física y psicológica tanto cuando convivió con la víctima, entre los años 2015 a 2016 aproximadamente, como después, al cesar la misma por la violencia generada; por cuanto ellos reanudaron al poco tiempo esta relación, circunstancia típica de cómo se desarrolla un proceso cíclico de violencia intrafamiliar, continuando los episodios de violencia cada vez que se encontraban en Santiago o en diferentes lugares de esta región». El tribunal afirmó en su resolución que le dio muerte «atendiendo su perfil o conducta posesiva, celotípica y controladora sobre su pareja, actuando con desprecio de la condición de mujer y con intención de dominio de la misma».

Agregó que «se puede advertir que la motivación de esta conducta del encausado es la actitud de desprecio, subestimación, supuesta legitimidad para sancionar por incumplimiento de roles estereotipados, misoginia o celotipia basada en la despersonalización o subestimación de las víctimas, escenario previo más recurrente en los casos de femicidio».

La resolución de las magistradas Claudia Montero Céspedes, Roxana Salgado Salomé y Rosa Caballero Burgos, planteó que el acusado «para ocultar los hechos, en particular la desaparición y posterior muerte de doña Carolina, envió WhatsApp con la finalidad de atribuir a una supuesta huida con terceros; igualmente, prestó declaraciones falsas a la Policía, evidentemente, con el propósito de ocultar su real participación en los hechos. Todos estos indicios son fundados en la prueba de cargo rendida, son serios, graves y concordantes, y conducen, de manera unívoca, a establecer, más allá de toda duda razonable, que Ricardo Neira Arriagada le causó la muerte a doña Carolina Fuentes Bustos, el día 30 de junio de 2020, estrangulándola, para luego abandonar su cuerpo en algún lugar del río».


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