«Tenía 16 años y se tuvo que hacer cargo de la familia»: Estado deberá indemnizar a hija de torturado en 1973

El fisco deberá pagar una indemnización de $40.000.000 a la hija de una víctima de la dictadura, que fue detenido y sometido a torturas por efectivos de la Armada en la isla Quiriquina.

«Tenía 16 años y se tuvo que hacer cargo de la familia»: Estado deberá indemnizar a hija de torturado en 1973

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó que el Estado deberá indemnizar con $40.000.000, por concepto de daño moral por repercusión, a la hija de A.A.S.F, quien durante la dictadura de Augusto Pinochet, fue detenido y sometido a torturas por efectivos de la Armada en la isla Quiriquina, en septiembre de 1973.

A la época de los hechos, A.N.S.F., hija de la víctima tenía 16 años de edad y debió hacerse cargo de la familia, mientras su progenitor estuvo preso.

En fallo unánime (causa rol 3.308-2023), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Fabio Jordán Díaz, la ministra Claudia Vilches Toro y el abogado (i) Waldo Ortega Jarpa– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, con declaración que se eleva el monto indemnizatorio, en proporción al daño acreditado por la demandante, fijado inicialmente en $20.000.000.

La sentencia inclue el testimonio de vecinos quienes fueron testigos de la delicada situación que debió enfrentar A.N.S.F., siendo adolescente.

Relataron que en septiembre de 1973, tenía 16 años cuando a su padre fue detenido por los militares en su lugar de trabajo y sus familiares estuvieron días sin saber donde se encontraba.

«Supieron después que los habían torturado y en definitiva estaba en la Base Naval de la Isla Quiriquina», donde permeneció dtenido por más de dos meses.

Al salir de ahí, perdió su trabajo, tras ser despedidio y solamente pudo encontrar trabajos esporádicos, por lo que su hija «se tuvo que hacer cargo de la familia».

«Se tuvo que poner a trabajar en casas ajenas, haciendo aseo, lavando ropa, hasta que encontró un trabajo haciendo la práctica y lleg a trabajar en una oficina de contabilidad. Estudiaba medio día y en la tarde hacía su trabajo; mientras que su madre y hermana no tenían ingresos». Debido a esta situación «los vecinos la ayudaban a darle de comer», relataron los testigos, citados en la sentencia.

Ptros comentaron que tras el paso por la cárcel y no encontrar empleo como mecánico, su padre cayó en depresión y presentaba problemas mentales, por lo que la joven de 16 años «tuvo que solventar todos los gastos de la casa».

Las graves consecuencias que toda esta situación le generó a A.N.S.F. quedaron registradas en la «Evaluación de daño abreviada» que le realizó un psicólogo del Hospital Las Higueras de Talcahuano, el 8 de noviembre de 2021, el cual concluyó que «presenta secuelas psicológicas producto de las vulneraciones a sus derechos humanos padecidas en el período de dictadura, presentando el diagnóstico de Trastorno de estrés post traumático».

«Se concluye que basándose en el relato de la usuaria y el exámen clínico, es evidente el daño moral en ella y su familia, a razón de de sus experiencias represivas y las consecuencias de éstas a nivel
psíquico, social, monetario y familiar».

Estado deberá indemnizar a hija de torturado

Tras evaluar los antecentedes del caso, la Corte de Apelaciones de Concepción determinó que «resulta evidente «que la detención del padre y su ausencia del hogar por aproximadamente un mes, «le causó pesar, desamparo, temor, dolor y angustia y teniendo en consideración, además, que tuvo que trabajar a corta edad para mantener a su familia, asumiendo responsabilidades que no son propias de una adolescente».

«Ello unido a que las secuelas psicológicas son de aquellas que perduran de por vida, pues truncan el normal desarrollo de las personas, reducen sus oportunidades y merman la dignidad, todo debido a un sistemático actuar ilegal llevado a cabo por agentes del Estado, daño que el solo sentido común vislumbra y que se ve ratificado por el informe realizado por el psicólogo del programa Prais, el que señala que a la fecha aún padece un trastorno por estrés post traumático”, detalló la Quinta Sala del tribunal de alzada.

Por tanto, resolvió que: “se confirma la sentencia definitiva de uno de junio del año dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa Rol C-1830-2022, del ingreso de dicho tribunal, con declaración que se aumenta el monto de la indemnización que el Fisco demandado deberá pagar a la demandante A.N.S.F., la que se fija en la cantidad de cuarenta millones de pesos ($40.000.000), como resarcimiento del daño moral demandado”.

“La suma que se deberá pagar al actor por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral, lo será más el reajuste positivo que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha en que la presente sentencia quede ejecutoriada y la data de su pago efectivo, más intereses corrientes para operaciones de dinero reajustables de menos de un año, los que se calcularán desde que eventualmente se produzca la mora y hasta el día de la solución efectiva de lo adeudado”, ordenó.


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