El caso de Javiera Sepúlveda, niña de 14 años, alumna del liceo Darío Salas agredida por Carabineros durante la manifestación realizada en el río Mapocho el 28 de octubre pasado, seguirá en la justicia ordinaria, según dictaminó el 8vo Tribunal de Garantía este martes.
El Ministerio Público había solicitado que el Tribunal se declarase incompetente y pasara el caso a la justicia militar en virtud del artículo 5 del Código de Justicia Militar, pero el Juzgado consideró que las agresiones de carácter sexual sufridas por la niña, y su condición de adolescente, califican la competencia en el ámbito civil. Javiera Sepúlveda acusa a Carabineros de golpes múltiples en su cuerpo que la dejaron inconsciente, y un puntapié en su vagina que le originó sangramiento profuso.
La abogada querellante, Patricia Rada, de la Corporación Humanas, consideró que el fallo sienta un nuevo precedente en el tratamiento de delitos cometidos por fuerzas policiales contra civiles, y se ajusta a las normas del derecho internacional acerca de la competencia de los tribunales militares.
En su alegato, la abogada Rada citó los tratados internacionales firmados por Chile para la protección de niños, niñas y adolescentes, asi como las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, que han condenado la práctica chilena de otorgar jurisdicción a tribunales militares sobre civiles.
Ruth Cabello, madre de Javiera Sepúlveda agregó que los relatos de los acontecimientos del 28 de octubre -tanto de varones como niñas- indican que las muchachas fueron más agredidas, «especialmente las más bonitas», al amparo de un ángulo del puente Pio Nono fuera del alcance de las cámaras de televisión.
La abogada de la Corporación Humanas estimó que hay un «patrón de comportamiento» en la represión policial a las manifestaciones estudiantiles, en que se manifiesta una especial saña con mujeres y niñas, de connotación sexual, que incluyen tocaciones, golpes en la zona genital, desnudos forzadas y otros abusos, no contemplados en el Código de Justicia Militar.
Delitos civiles en tribunales militares
La madre de la joven, expresó su satisfacción por la decisión, porque «la justicia civil es la única esperanza de que los agresores de Javiera sean castigados, ya que en los tribunales militares, serían ellos juzgándose a sí mismos».
El juez hondureño Guillermo López, observador en la audiencia en representación de la Red Iberoamericana de Jueces, dijo a El Ciudadano que le causa extrañeza que en Chile se juzgue a civiles en tribunales militares. En derecho, la justicia militar, dijo, se aplica a situaciones producidas dentro de recintos militares y/o que afecten únicamente a miembros de las fuerzas armadas.
López se declaró también sorprendido por el hecho de que una fuerza policial como Carabineros de Chile, se considere en derecho como una fuerza militar, y explicó que los delitos y violaciones cometidos por las Fuerzas Armadas hondureñas tras el golpe de Estado de 2009, fueron todos juzgados por tribunales ordinarios.
Cabe recordar el caso del joven de 16 años, Manuel Gutiérrez, asesinado en 2011 por el sargento Miguel Millacura, durante el paro social del 24 y 25 de agosto, cuyos familiares y abogados han solicitado en reiteradas ocasiones que sea resuelto en los tribunales civiles, para evitar este conflicto de jurisprudencia, sobre todo en un caso de sangre donde está involucrada una persona que no pertenece a las Fuerzas Armadas.
El Ciudadano