La jueza 30 de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo, aplazó para el próximo martes 22 de septiembre la audiencia que comenzó en la mañana del 16 de este mes para definir si le concede la libertad al expresidente y exsenador Álvaro Uribe por manipulación de testigos y fraude procesal.
«La petición es que la señora jueza declare que el procedimiento a seguir es la Ley 600 del año 2000 y que no hay lugar a que un juez de garantías, en este caso, su señoría, intervenga o continúe con la audiencia porque la competencia no le correspondería», dijo Reinaldo Villalba, abogado del senador de izquierda Iván Cepeda, parte civil del proceso en calidad de víctima.
Salcedo tomó la decisión de aplazar la audiencia tras la intervención de Villalba y de otras partes en el proceso que se apegaron al mismo argumento del abogado, entre ellos el exfiscal general Eduardo Montealegre y su exvicefiscal Jorge Perdomo, quienes buscan ser reconocidos como víctimas en el caso, según se observó en el desarrollo de la audiencia, realizada de manera virtual.
«Si bien la investigación la puede hacer la Fiscalía y le correspondería a un fiscal delegado ante la Corte (Suprema de Justicia) es absolutamente claro que el juzgamiento le correspondería a la sala de la Corte Suprema en primera instancia y a la sala de casación en segunda instancia», dijo Montealegre.
El fiscal asignado al caso, Gabriel Jaimes, sostuvo, a su turno, que el proceso debe seguir mediante Ley 906 del 2004, por el tiempo en que Uribe habría cometido las conductas punibles en 2018.
«En la justicia ordinaria el factor temporal es el que determina cuál es el camino procesal a seguir. Si partimos de que los hechos fueron en el 2018, por supuesto, es aplicable al sistema penal acusatorio de la Ley 906 del 2004. Es el tiempo, la ocurrencia de los hechos, la que determina esa competencia y el camino procesal a seguir», dijo Jaimes.
En detención domiciliaria
Un fallo de la CSJ, que investigaba a Uribe en calidad de senador, dictó detención domiciliaria ante la posibilidad de que pudiera obstruir el proceso, por lo que desde el 4 de agosto permanece en su hacienda El Ubérrimo (Córdoba, norte).
Dicho fallo se basó en que el tribunal llevaba el caso bajo la Ley 600 del año 2000 del antiguo sistema penal acusatorio, pero luego de que Uribe renunció a su escaño en el Congreso el 18 de agosto, y con ello perdió su inmunidad como senador, su proceso fue tomado por la Fiscalía General, que ahora sostiene que se debe aplicar la Ley 906 de 2004, que le permitiría defenderse en libertad.
La postura de la Fiscalía fue respaldada por el delegado de la Procuraduría (Ministerio Público) y por la defensa del expresidente.
La jueza Salcedo deberá resolver en la próxima audiencia sobre cuál ley se basará el proceso y, en consecuencia, decidir si conceder la libertad a Uribe corresponde a un juez o al fiscal que lleva el caso, quien el pasado 8 de septiembre le negó tal beneficio.
Uribe era investigado desde 2018 por la CSJ en un caso de presunta manipulación de testigos exparamilitares que declararon en su contra desde las prisiones en las que se encuentran.
Fuente: Sputnik News.