La Asamblea Legislativa (parlamento unicameral) de Costa Rica aprobó una ley que penaliza el acoso sexual callejero con multas económicas e incluso con la prisión.
El aval de la norma recibió el apoyo unánime de 47 diputados del país centroamericano y fue tomado en segunda y definitiva votación.
«Las mujeres tienen derecho a caminar en libertad y sin miedo. La ciudad también es de las mujeres. Pero mientras avanzamos hacia el cambio cultural, hasta conseguir que la sociedad desnaturalice el acoso sexual callejero, el Estado debe asegurar el acceso de las mujeres a la justicia”, declaró la ministra de la Condición de la Mujer, Patricia Mora.
La funcionaria, quien también preside el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), afirmó que “el acoso sexual callejero no es inofensivo, es violencia contra las mujeres y sus cuerpos, y ya no podremos seguir justificando, naturalizando ni minimizando esta conducta machista y cotidiana”.
La ley establece multas para quien pronuncie, dirija o ejecute actos de connotación sexual a otra persona, sin su consentimiento, con agravantes cuando el acoso sea grupal o por medios electrónicos.
Por ejemplo, se castiga con una pena de 10 meses a un año de cárcel a quien grabe un video de otra persona con connotación sexual y la pena se amplía hasta los tres años de prisión si ese material audiovisual es distribuido a otras personas.
Ley aguarda por ratificación presidencial
La iniciativa, impulsada por varias bancadas, aguarda la ratificación del presidente de la República, Carlos Alvarado, para entrar en vigor.
Con el nuevo instrumento, las personas que tomen fotos o videos con intenciones sexuales en sitios públicos serán castigadas con penas de prisión de entre un año y un año y medio.
La pena podrá aumentar a dos años si el material es compartido.
Asimismo, impone pena de seis meses de cárcel a quien se masturbe o muestre sus genitales en sitios públicos.
Quien persiga o acorrale a otra persona con fines sexuales podrá ser sancionado con ocho meses a un año de cárcel.
En tanto, el uso de palabras, ruidos, silbidos, jadeos o ademanes con fines sexuales hacia otra persona pueden llevar a una multa.
(Con información de Telesur y DW).