Luego de la inconformidad presentada por el escritor Mardonio Carballo, sobre el artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el amparo a Carballo al declarar inconstitucional una parte de dicho artículo.
A través de un comunicado la SCJN informó que “dicha norma establece que las radiodifusoras comerciales harán uso del idioma nacional —entendido como el español—, limitando el uso de las lenguas originarias a las concesionarias indígenas”, lo cual “vulnera el derecho del quejoso a expresarse en su lengua originaria”.
Mardonio Carballo, escritor, periodista y poeta de lengua náhuatl, se amparó contra el artículo 230 por considerar que se violan sus derechos humanos en cuanto a libertad de expresión, la no discriminación y la participación en la vida cultural, al afirmar que en dicho artículo no se reconocen la gran variedad de lenguas originarias del país, limitando la lengua nacional sólo al español.
“La resolución subraya la importancia de la composición pluricultural de México, así como la forma en la que impacta decisivamente en nuestro sistema jurídico. En este sentido, la sentencia distingue entre un idioma oficial del Estado y una lengua nacional, destacando que la segunda es el idioma en el cual un país sustenta su identidad y raíz cultural”, destaco la Suprema Corte.
Por: Salvador Valencia
El Ciudadano