La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México aprobó una norma por la cual los menores acusados de haber cometido delitos graves quedan sujetos a prisión preventiva por un periodo de hasta cinco meses mientras se determina si son culpables o inocentes.
Esta polémica decisión, aprobada por ocho votos a favor y tres en contra, ha sido fuertemente cuestionada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) del país latinoamericano, que hace 10 meses ya se había pronunciado en contra de esta medida al considerar que se agredía la presunción de inocencia.
En México, la Ley General del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes que entró en vigor el 16 de junio de 2016 prevé el internamiento para los mayores de 14 años y menores de 18 años que hayan incurrido en homicidio, extorsión, violación, narcotráfico, delincuencia organizada, trata de personas y robo con violencia, entre otros ilícitos, mientras se les dicta sentencia.
Un mes después de dicha sanción, el máximo órgano defensor de los derechos humanos en México presentó una acción de inconstitucionalidad al considerar que vulneraba la libertad personal, las formalidades del procedimiento, y negaba al presunto responsable la oportunidad de defenderse. La medida, también argumentó la CNDH, es únicamente válida para los menores ya declarados culpables.
En esa misma dirección, y tal como afirma El País de España, los tres ministros de la Corte que votaron en contra argumentan que, aunque la medida sí está prevista en la Constitución, es solo para los adultos, no para menores de edad. Jorge Pardo Rebolledo, uno de los ministros que votó a favor, explicó -en declaraciones recogidas por Milenio– que el internamiento provisional es una medida excepcional y ayudará a la protección física del adolescente, ya que muchas veces estos son usados por el crimen organizado en algunas de sus actividades ilícitas.
Según cifras oficiales de la la Secretaría de Gobernación y Unicef, en México alrededor de 17.000 menores de edad cometen delitos cada año. De estos, unos 4.500 son privados de su libertad por incurrir en ilícitos graves. El 35% de ellos fue acusado por robo con violencia, el 22% por homicidio, el 17% por posesión de armas prohibidas, el 15% por secuestro y otro 10% por delincuencia organizada.
En ese sentido, no es de extrañar que el estudio, basado en visitas y entrevistas a menores privados de su libertad, concluyó que México carece de una política idónea de reinserción social que les permita a los adolescentes reincorporarse de manera sana y productiva a la sociedad.
Hasta ahora, los adolescentes de entre 14 y 16 años condenados por un delito eran confinados en centros de menores hasta un máximo de tres años, mientras que los jóvenes de entre 16 y 18 años que también tuviesen una sentencia condenatoria eran enviados a centros de internamiento hasta un máximo de cinco años. ¿Podrá adoptar México una media menos represiva que ataque a fondo el problema de la inseguridad en el país mediante políticas de inclusión social y no de exclusión?